MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 170/2023
RESOL-2023-170-APN-MOP
Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-39254646-APN-SOP#MOP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado N° 438/92) y sus modificatorios, Ley N° 19.616, el Decreto-Ley N° 17.138 de fecha 27 de diciembre de 1957, los Decretos Nros. 1393 de fecha 7 de mayo de 1984 y 50 de fecha 20 de diciembre de 2019, las Resoluciones Nros. 18 de fecha 7 de agosto de 1991 de la entonces SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 247 de fecha 25 de junio de 2012 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, 22 de fecha 3 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el Decreto Reglamentario N° 1759/72 (t.o 2017), la Resolución 30 de fecha 25 de junio de 2019 de la ex SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Resolución 112 de fecha 16 de mayo de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que a través del expediente citado en el Visto se dictó la Resolución N° 112 de fecha 16 de mayo de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS por la cual se pone en vigencia los Reglamentos CIRSOC e INPRES CIRSOC que como ANEXOS I al XXIII forman parte integrante de dicha Resolución.
Que por NOTA NO-2023-59372131-APN-INPRES#MOP, se ha solicitado se tomen las medidas pertinentes para realizar la adecuación de la Resolución debido a un error material e involuntario en los Reglamentos de los ANEXOS XVII, XVIII y XIX.
Que por ello conforme lo prescripto por el Artículo 101 del Decreto N° 1759/72 reglamentario de la Ley N° 19.549 del Régimen de Procedimientos Administrativos, se procede a subsanar el error material e involuntario en el Considerando 11 y en el Artículo 1° emitiendo el respectivo proyecto de acto administrativo rectificatorio.
Que la enmienda a efectuarse en la Resolución N° 112 de fecha 16 de mayo de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS no implica alteración de la sustancia de dicho acto administrativo.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con su antecedente mencionado.
Que, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 101 del Decreto N° 1759/72, reglamentario de la Ley N° 19.549 del Régimen de Procedimientos Administrativos.
Por ello,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Rectifíquese el Considerando 11 de la Resolución Nº 112 de fecha 16 de mayo de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Que el CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE LOS REGLAMENTOS NACIONALES DE SEGURIDAD PARA LAS OBRAS CIVILES (CIRSOC) y el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA (INPRES) han desarrollados los siguientes reglamentos: Reglamento CIRSOC 301-2018 –Reglamento Argentino de Estructuras de Acero- Reglamento CIRSOC 801-2019 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Proyecto General y Análisis Estructural- Reglamento CIRSOC 802-2019 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Puentes de Hormigón.- Reglamento CIRSOC 803-2022- Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Puentes de Acero- Reglamento CIRSOC 804-1-2020 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Tableros y Sistemas de Tableros- Reglamento CIRSOC 804-3-2020 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Muros. Estribos y Pilas- Reglamento CIRSOC 804-5-2019 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Defensas y Barandas- Reglamento CIRSOC 804-6-2020 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Juntas y Apoyos- Reglamento INPRES-CIRSOC 103 – Parte II – 2021- Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes- Construcciones de Hormigón Armado- Reglamento INPRES-CIRSOC 103 – 2020 – Parte VI Puentes Sismorresistentes de Hormigón Armado - Reglamento CIRSOC 804-4 - 2023 - Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros Estructuras Enterradas y Revestimientos para Túneles - Reglamento CIRSOC 804-7 - 2023 - Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros Diseño de Barreras Acústicas, los cuales forman parte de la presente resolución como Anexos I al XXIII.”
ARTÍCULO 2°. – Rectifíquese el Artículo 1° de la Resolución N° 112 de fecha 16 de mayo de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°. - Pónese en vigencia la Reglamentación que se detalla a continuación, que como ANEXOS I al XXIII forman parte integrante de la presente Resolución.
-ANEXO I: Reglamento CIRSOC 301-2018 – Reglamento Argentino de Estructuras de Acero - (IF-2023- 40400963-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO II: Comentarios al Reglamento CIRSOC 301-2018 - (IF-2023-40405587-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO III: Reglamento CIRSOC 801-2019 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Proyecto General y Análisis Estructural - (IF-2023-40407998-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO IV: Comentarios al Reglamento CIRSOC 801-2019 - (IF-2023-40409902-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO V: Reglamento CIRSOC 802-2019 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Puentes de Hormigón - (IF-2023-40413060-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO VI: Comentarios al Reglamento CIRSOC 802-2019 - (IF-2023-40415198-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO VII: Reglamento CIRSOC 803-2022- Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Puentes de Acero - (IF-2023-40419235-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO VIII: Comentarios al Reglamento CIRSOC 803-2022 - (IF-2023-40421431-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO IX: Reglamento CIRSOC 804-1-2020 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Tableros y Sistemas de Tableros - (IF-2023-40440597-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO X: Comentarios al Reglamento CIRSOC 804-1-2020 - (IF-2023-40442283-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XI: Reglamento CIRSOC 804-3-2020 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Muros. Estribos y Pilas - (IF-2023-40444250-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XII: Comentarios al Reglamento CIRSOC 804-3-2020 - (IF-2023-40446431-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XIII: Reglamento CIRSOC 804-5-2019 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Defensas y Barandas - (IF-2023-40448857-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XIV: Comentarios al Reglamento CIRSOC 804-5-2019 - (IF-2023-40450871-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XV: Reglamento CIRSOC 804-6-2020 – Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros – Juntas y Apoyos - (IF-2023-40452675-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XVI: Comentarios al Reglamento CIRSOC 804-6-2020 - (IF-2023-40454461-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XVII: Reglamento INPRES-CIRSOC 103 – Parte II – 2021- Reglamento Argentino para Construcciones Sismorresistentes- Construcciones de Hormigón Armado - (IF-2023-40457180-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XVIII: Reglamento INPRES-CIRSOC 103 – 2020 – Parte VI- Puentes Sismorresistentes de Hormigón Armado. (IF-2023-40459297-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XIX: Comentarios al Reglamento INPRES-CIRSOC 103 – 2020 – Parte VI - (IF-2023-40461434-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XX: Reglamento CIRSOC 804- 4 - 2023 - Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros Estructuras Enterradas y Revestimientos para Túneles - (IF-2023-40464821-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XXI: Comentarios al Reglamento CIRSOC 804-4 – 2023 - (IF-2023-40466288-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XXII: Reglamento CIRSOC 804-7 - 2023 - Reglamento Argentino para el Diseño de Puentes Carreteros Diseño de Barreras Acústicas - (IF-2023-40467829-APN-DNYE#MOP).
-ANEXO XXIII: Comentarios al Reglamento CIRSOC 804-7 – 2023 - (IF-2023-40469270-APN-DNYE#MOP).”
ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 25/07/2023 N° 56899/23 v. 25/07/2023
Fecha de publicación 25/07/2023