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Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES

Disposición 3/2023

DI-2023-3-APN-DGPYPSYE#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-45767903- -APN-DGD#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y modificatorias, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, los Decretos N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, N° 820 del 25 de octubre de 2020, N° 649 de fecha 23 de septiembre de 2021, las Decisiones Administrativas N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020, N° 4 del 9 de enero de 2023, las Resoluciones N° 105 de fecha 30 de abril de 2020, y N° 89 de fecha 17 de febrero de 2023, todas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 649 de fecha 23 de septiembre de 2021 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9232-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES (USD 347.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre”, que como Anexo I (IF-2021-85354072-APN-SSRFID#SAE) formó parte integrante de dicha medida.

Que por el artículo 4° de dicho Decreto se designó al MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), como el Organismo Ejecutor del “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre” para las Partes 1, 2 y 3.3 y, parcialmente, para las Partes 3.1, 3.2, 3.4 y 3.5 del referido Proyecto. Asimismo, el MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá operar y mantener, en todo momento durante la implementación del Proyecto, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, con estructura, funciones y responsabilidades aceptables para el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), según se establece en el Manual Operativo; incluir, entre otros, brindar apoyo para gestión e informes de proyecto, y quedarán facultados a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Convenio de Préstamo N° 9232-AR que se aprueba por el artículo 1° de la dicha medida.

Que, en consecuencia, en fecha 01 de octubre de 2021 se suscribió el mencionado Contrato de Préstamo BIRF N° 9232-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) relativo al “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre”, registrado en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° CONVE-2021-95856280-APN-SSRFID#SAE.

Que el Proyecto referido tiene por objetivos mejorar la confiabilidad y seguridad de la Línea Mitre y aumentar la accesibilidad en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92) y modificatorias se establecieron, entre las competencias del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la de ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 creándose -entre otros- el MINISTERIO DE TRANSPORTE, fijándose sus competencias con la finalidad de asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial, marítimo y a la actividad vial (art. 21); y para ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL (art. 21, inc. 2°);

Por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), y a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020 se aprobó, entre otras cuestiones, el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, así como también los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el referido organigrama.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 establece que los órganos de los tres poderes del Estado determinarán, para cada uno de ellos, los límites cuantitativos y cualitativos mediante los cuales podrán contraer compromisos por sí, o por la competencia específica que asignen, al efecto, a los funcionarios de sus dependencias, y que la reglamentación establecerá la competencia para ordenar pagos y efectuar desembolsos y las habilitaciones para pagar que no estén expresamente establecidas en esa ley.

Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, modificado por su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, así como también los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el referido organigrama.

Que, en lo que a esta jurisdicción respecta, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE tiene los objetivos de entender en la formulación, gestión, coordinación, supervisión, control y ejecución técnica de los planes, programas y proyectos para el mejoramiento del transporte con financiamiento externo, comprendiendo su monitoreo y auditorías técnicas, entre los cuales se encuentra el “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre”.

Que, asimismo, por la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020 se aprobó, entre otras cuestiones, la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, a su vez, la citada Decisión Administrativa N° 1740/2020 estableció las responsabilidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la cual tiene como responsabilidad primaria la de dirigir las acciones vinculadas a la planificación, programación, formulación, implementación, supervisión, monitoreo y evaluación de programas y proyectos con financiamiento externo, que correspondan a las áreas de incumbencia del Ministerio, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional.

Que por la Decisión Administrativa N° 4 del 9 de enero de 2023, se distribuyeron los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes de financiamiento, previstas en la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 (art. 1°).

Que por el artículo 35 inciso h) del Anexo al Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y su modificatorio Decreto N° 820 del 25 de octubre de 2020, reglamentario de la referida Ley N° 24.156, se establece que, en caso de autorización y aprobación de gastos referidos a recursos provenientes de operaciones o contratos con Organismos Financieros Internacionales, se dará cumplimiento a las normas establecidas en cada contrato de préstamo, y supletoriamente a la legislación local.

Que mediante la Nota N° NO-2023-44404836-APN-DIYT#MTR de fecha 20 de abril de 2023, la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, informó a la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS, sobre la necesidad de iniciar la tramitación para la contratación de una consultoría para el Desarrollo del Sistema de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros, como continuación del Estudio de Diagnóstico de Diseño de Software de Subsidios de Transporte Público de Pasajeros, acompañando los Términos de Referencia e informando que el plazo previsto de la consultoría es de TRESCIENTOS (300) días corridos, siendo necesarias aproximadamente entre 20.000 y 24.000 horas, con un presupuesto estimado de PESOS ARGENTINOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES ($ 330.000.000). -base abril 2023-, destacando por último que la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA, actuará como supervisor en el desarrollo de los trabajos y recepción de los mismos a su pruebas y finalización, en los términos indicados en los Términos de Referencia.

Que por medio de la Nota NO-2023-44425206-APN-DGIYS#MTR de fecha 20 de abril de 2023, la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS remitió a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Nota N° NO-2023-44404836-APN-DIYT#MTR de la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA, por la cual manifestó la necesidad de iniciar la tramitación para la contratación de una consultoría para el Desarrollo del Sistema de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros, acompañando los Términos de Referencia e informando el plazo previsto de la contratación y el presupuesto estimado.

Que por la Nota N° NO-2023-45711054-APN-SSGA#MTR de fecha 24 de abril de 2023, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA remitió a la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las notas de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS y de la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA, acompañó los Términos de Referencia de la consultoría para el “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros”; y solicitó iniciar, en el marco del Contrato de Préstamo BIRF 9232 OC-AR, los procedimientos tendientes para la contratación de dicho servicio.

Que mediante la Providencia N° PV-2023-46869140-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha 26 de abril de 2023, un Asesor de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, solicitó a la mencionada DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES, tenga a bien efectuar las previsiones presupuestarias pertinentes, tomando en cuenta el monto informado por el área requirente en Nota N° NO-2023-45711054-APN-SSGA#MTR, por un total de PESOS ARGENTINOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES CON 00/100 ($ 330.000.000,00).

Que mediante la Providencia N° PV-2023-52853092-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha 10 de mayo de 2023, tomó intervención la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por la cual informó que “...la matriz financiera del Convenio de Préstamo BIRF 9232-AR, dentro del Componente 3 “Fortalecimiento y Gestión de Proyecto” - Subcomponente 3.4 Preparación de Estudios Técnicos, contempla los fondos necesarios para la contratación de dicha consultoría.” y que “...se trata de un contrato plurianual de PESOS ARGENTINOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES CON 00/100 ($ 330.000.000,00), y que se cuenta con crédito presupuestario para afrontar el monto estimado para el ejercicio 2023 que asciende a $ 82.500.000 PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL en el presupuesto vigente asignado al SAF 327 Programa 67, Subprograma 1, Actividad 1, que se financiará con recursos del Préstamo BIRF 9232-AR.”.

Que, atento ello, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N° NO-2023-46572188-APN-SSGA#MTR de fecha 25 de abril de 2023, remitió a la Sra. Jefa de Proyecto del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), los Términos de Referencia correspondientes al “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” para su correspondiente No Objeción, informando que el plazo previsto de la consultoría es de TRESCIENTOS (300) días corridos, y se utilizarán en su ejecución del orden de las 20.000 a 24.000 horas hombre, con un presupuesto estimado de PESOS ARGENTINOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES ($ 330.000.000). -base abril 2023.-

Que, consecuentemente, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) en fecha 2 de mayo de 2023, dió respuesta y realizó una serie de comentarios a los Términos de Referencia enviados mediante la Nota N° NO-2023-46572188-APN-SSGA#MTR. (Conforme surge del Informe Gráfico N° IF-2023-49127657-APN-DAPYPSYE#MTR).

Que mediante Nota N° NO-2023-53126418-APN-DGPYPSYE#MTR de fecha 10 de mayo de 2023,la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES remitió a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, los Términos de Referencia (IF-2023-53069218-APN-DIYT#MTR), modificados de acuerdo a comentarios realizados por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), solicitando elevar los mismos para su correspondiente No Objeción.

Que mediante Nota N° NO-2023-53811132-APN-SSGA#MTR de fecha 11 de mayo de 2023, el Subsecretario de Gestión Administrativa remitió a la Jefa de Proyecto BIRF, los Términos de Referencia correspondientes al “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros”, modificados de acuerdo a comentarios realizados por ese Banco, solicitando la correspondiente No Objeción.

Que mediante Informe Gráfico N° IF-2023-72564470-APN-DAPYPSYE#MTR, se incorporó la respuesta del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) de fecha 26 de junio de 2023, por la cual otorgó la No Objeción a los Términos de Referencia enviados mediante NO-2023-53811132-APN-SSGA#MTR, realizando una sugerencia sobre los mismos.

Que así las cosas, mediante Informe Gráfico N° IF-2023-73973774-APN-DIYT#MTR, se incorporaron los Términos de Referencia, en los cuales se receptó la sugerencia realizada por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF).

Que por medio del Informe N° IF-2023-75143360-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha 30 de junio de 2023, un asesor de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, manifestó que el procedimiento de contratación será de revisión Ex Ante, bajo el método de Selección Basada en Calidad y Costo (SBCC) y serán utilizadas las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios de Proyectos de Inversión del Banco” publicadas por el Banco Mundial en julio de 2016, revisadas en noviembre de 2017, agosto 2018 y noviembre de 2020. Asimismo, indicó que se prevé la debida publicación del proceso en el portal UN Development Business, en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA), en UN (1) un periódico de amplia circulación nacional, en la página web del MTR-DGPPSE y en el Portal de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC).

Que mediante Providencia N° PV-2023-75193760-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha 30 de junio de 2023, la DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ratificó lo informado por el Área de Adquisiciones de esa Dirección mediante Informe N° IF-2023-75143360-APN-DAPYPSYE#MTR.

Que, por tanto, deviene necesario aprobar el proceso de contratación, el presupuesto estimado y el Modelo de Aviso de Invitación a Presentar Expresiones de Interés, así como también autorizar la publicación del llamado en relación a la contratación del Servicio de Consultoría para el “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” AR-DGPPSE - ADIF-356056-CS-QCBS –SBCC N° 01/2023.

Que en la evaluación de las Expresiones de Interés que se presenten con motivo del presente llamado, para confeccionar la Lista Corta deberá tomar intervención la Comisión Evaluadora de Ofertas en Proyectos y Programas con Financiamiento externo, creada por la Resolución N° 105 de fecha 30 de abril de 2020 y modificada por la Resolución N° 89 de fecha 17 de febrero de 2023, ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, por el art. 35 Inciso h) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobada por el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007 y su modificatorio Decreto N° 820 del 25 de octubre de 2020, el Decreto N° 649 de fecha 23 de septiembre de 2021 y la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el proceso de contratación del Servicio de Consultoría que tiene por objeto el “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” AR-DGPPSE - ADIF-356056-CS-QCBS –SBCC N° 01/2023, el cual se llevará a cabo bajo el método de Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC), cuyo respectivo trámite de contratación deberá ajustarse a los procedimientos previstos en el “Reglamento de Adquisiciones del Banco Mundial para Bienes, Obras, Servicios de No-Consultoría y Servicios de Consultoría” edición del 24 de noviembre de 2020, en el marco del Préstamo BIRF N° 9232-AR.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Modelo de Aviso de Invitación a Presentar Expresiones de Interés y sus Formularios I, II, III y IV, correspondiente al Servicio de Consultoría para el “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” que como Anexos (IF-2023-83474019-APN-DGPYPSYE#MTR e IF-2023-83474286-APN-DGPYPSYE#MTR) forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase la publicación del llamado para presentar Expresiones de Interés, correspondientes a la contratación del Servicio de Consultoría para el “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” AR-DGPPSE - ADIF-356056-CS-QCBS –SBCC N° 01/2023, de acuerdo al Modelo que se aprueba en el artículo precedente.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS EN PROYECTOS Y PROGRAMAS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO creada por la Resolución N° 105 de fecha 30 de abril de 2020 y modificada por Resolución N° 89 de fecha 17 de febrero de 2023, ambas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, será la encargada de realizar el análisis de las Expresiones de Interés que se presenten con motivo del llamado cuya publicación se autoriza por el artículo 3º de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Apruébase el presupuesto estimado para contratación del Servicio de Consultoría que tiene por objeto el “Desarrollo del Sistema Integral de Subsidios al Transporte Público de Pasajeros” por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES ($ 330.000.000) IVA incluido.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente medida, será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio 2023, SAF 327 Programa 67, Subprograma 1, Actividad 1, que se financiará con recursos del Préstamo BIRF N° 9232-AR.

ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Andrea Graziotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/07/2023 N° 57347/23 v. 26/07/2023

Fecha de publicación 26/07/2023