MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 618/2023
RESOL-2023-618-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2019-49484180-APN-DGDOMEN#MHA y los Expedientes Nros. EX-2021-5836041-APN-SE#MEC, EX-2021-7640364-APN-SE#MEC, EX-2022-13482117-APN-SE#MEC, EX-2022-32083320-APN-SE#MEC y EX-2023-39979775-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa GORINA ENERGÍA S.A. solicita su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Central Térmica a biogás Gorina Energía con una potencia de UNO COMA CINCO MEGAVATIOS (1,5 MW), ubicada en el Partido de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora La Plata, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA DE LA PLATA S.A. (EDELAP S.A.).
Que mediante Nota N° B-160295-1 de fecha 11 de marzo de 2022 (IF-2022-32084689-APN-SE#MEC) incorporado al Expediente N° EX-2022-32083320-APN-SE#MEC, CAMMESA informa que la empresa GORINA ENERGÍA S.A. cumple con los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.
Que mediante la Resolución N° 45 de fecha 4 de abril de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL del MINISTERIO DE AMBIENTE (IF-2023-39981628-APN-SE#MEC), incorporado al Expediente N° EX-2023-39979775-APN-SE#MEC, se resuelve declarar ambientalmente apto el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de la Central Térmica a biogás Gorina Energía.
Que la empresa GORINA ENERGÍA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MEM de la Central Térmica a biogás Gorina Energía se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.185 de fecha 7 de junio de 2023 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa GORINA ENERGÍA S.A. para su Central Térmica a biogás Gorina Energía con una potencia de UNO COMA CINCO MEGAVATIOS (1,5 MW), ubicada en el Partido de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora La Plata, jurisdicción de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA DE LA PLATA S.A. (EDELAP S.A.).
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa GORINA ENERGÍA S.A., titular de la Central Térmica a biogás Gorina Energía en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa GORINA ENERGÍA S.A., a CAMMESA, a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA DE LA PLATA S.A. (EDELAP S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Flavia Gabriela Royón
e. 27/07/2023 N° 57811/23 v. 27/07/2023
Fecha de publicación 27/07/2023