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AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

Resolución 174/2023

RESOL-2023-174-APN-ANPIDTYI#MCT

Ciudad de Buenos Aires, 31/07/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-73721253- -APN-DGA#ANPIDTYI del registro de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, los Decretos N° 2.098 del 5 de diciembre de 2008 y modificatorios y N° 157 del 14 de febrero de 2020, la RESOLUCIÓN CONJUNTA de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO Y SECRETARIA DE HACIENDA N° 52 del 3 de diciembre de 2021, la Resolución de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO N° 67 del 7 de abril de 2022 y;

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita la asignación del “Suplemento por Función Específica” establecido en el artículo 116 del Decreto N° 2.098 del 5 de diciembre de 2008 y en el artículo 4 de la RESOLUCIÓN CONJUNTA de la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Y SECRETARIA DE HACIENDA N° 52 del 3 de diciembre de 2021 a favor de la agente Ana Carolina FEMENIA (DNI N° 28.370.171) titular de un cargo Nivel A, Grado 7, Agrupamiento PROFESIONAL, Tramo GENERAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.).

Que mediante el Artículo 87 del ANEXO al citado Decreto Nº 2.098 del 03 de diciembre de 2008, por el cual se homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), se establece que el Suplemento por Función Específica consistirá en una suma comprendida entre el QUINCE POR CIENTO (15%) y el SETENTA POR CIENTO (70%) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario de revista del trabajado.

Que en las tramitaciones mencionadas se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos para la asignación del citado Suplemento, correspondiente a: “CAPÍTULO IV: OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN LOS AGRUPAMIENTOS GENERAL, PROFESIONAL Y CIENTÍFICO – TÉCNICO ORIENTADAS A GENERAR CONOCIMIENTO OBJETIVO A PARTIR DE LA CONCEPCIÓN DE NUEVOS SABERES, TEORÍAS, PRODUCTOS, PROCESOS, MÉTODOS Y SISTEMAS A TRAVÉS DE LA INVESTIGACIÓN BÁSICA Y LA INVESTIGACIÓN APLICADA” establecido en el Nomenclador de Funciones Específicas, que como Anexo IV (IF-2021-117178178-APN-SGYEP#JGM) forma parte de Resolución Conjunta indicada.

Que el artículo 4° de la Resolución de la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 67 de fecha 7 de abril de 2022, aprobó el “RÉGIMEN DE ASIGNACIÓN DEL SUPLEMENTO POR FUNCIÓN ESPECÍFICA PARA “OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN LOS AGRUPAMIENTOS GENERAL, PROFESIONAL Y CIENTÍFICO – TÉCNICO ORIENTADAS A GENERAR CONOCIMIENTO OBJETIVO A PARTIR DE LA CONCEPCIÓN DE NUEVOS SABERES, TEORÍAS, PRODUCTOS, PROCESOS, MÉTODOS Y SISTEMAS A TRAVÉS DE LA INVESTIGACIÓN BÁSICA Y LA INVESTIGACIÓN APLICADA INCORPORADAS AL NOMENCLADOR DE FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO POR RESOLUCIÓN CONJUNTA S.G.Y E.P. Y S.H. N° 52/2021 DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), DECRETO Nº 2098/08 y sus modificatorios” el cual forma parte de la medida como Anexo IV (IF-2021-125936723-APN-DNRL#JGM).

Que conforme lo establecido por la Resolución N° 67/2022, ha tomado intervención la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que atento a lo que surge de las actuaciones precedentemente mencionadas, corresponde asignar a la citada agente el Suplemento por Función Específica, por cumplir funciones incorporadas al Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público por Resolución Conjunta N° 52 de la SECRETARIA DE HACIENDA y la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO.

Que el artículo 11 del Anexo IV de la Resolución N° 67/2022 establece el plazo de vigencia de la asignación del Suplemento por Función Específica, por el ejercicio presupuestario que corresponda a la asignación y por los DOS (2) siguientes.

Que el artículo 94 inciso b) del Decreto Nº 2098/2008 establece que en caso de concurrir la percepción del Suplemento por Función Específica con la del Suplemento por Agrupamiento, la suma del porcentaje a asignar al primero no podrá ser mayor al CIEN POR CIENTO (100%) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN ha certificado la existencia de crédito presupuestario suficiente para hacer frente al gasto que implica la medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el Decreto N° 157 del 14 de febrero de 2020 y el artículo 4° de la Resolución Conjunta SGYEP y SH N° 52 del 3 de diciembre de 2021.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asignar, a partir del 1º día del mes siguiente al dictado de la presente medida, por el ejercicio presupuestario en curso y los DOS (2) ejercicios siguientes, a la agente Ana Carolina FEMENIA (DNI N° 28.370.171), titular de un cargo Nivel A, Grado 7, Agrupamiento PROFESIONAL, Tramo GENERAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), el Suplemento por Función Específica del TREINTA POR CIENTO (30%), para desempeñar funciones de Especialista Profesional de Monitoreo y Gestión de Proyectos Científicos y Tecnológicos en Ejecución incorporadas al Subcapítulo VIII, Inciso 1 del Capítulo IV Nomenclador de Funciones Específicas por la Resolución Conjunta SGYEPySH N° 52 del 3 de diciembre de 2021 y reglamentada por la Resolución de la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Nº 67 de fecha 7 de abril de 2022.

ARTÍCULO 2°.- La asignación del Suplemento por Función Específica aprobada en el artículo 1º de la presente medida, caducará en todos los casos cuando se asignen a la trabajadora funciones distintas, o en otras unidades organizativas diferentes de las que fueron tenidas en cuenta para la asignación del suplemento.

ARTÍCULO 3°.- La asignación del suplemento dispuesta en el Artículo 1° concurrirá con el suplemento por Agrupamiento Profesional asignado a la agente.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 71 – MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, Entidad 173 - AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN.

ARTÍCULO 5°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida a las partidas presupuestarias de los ejercicios 2023, 2024 y 2025.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Fernando Ernesto Peirano

e. 03/08/2023 N° 59737/23 v. 03/08/2023

Fecha de publicación 03/08/2023