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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 648/2023

DECAD-2023-648-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 38/15-0041-CDI23.

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-47961616-APN-DGIT#ARA, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa 38/15-0041- CDI23 con el objeto de que la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I. y N. realice los trabajos de REPARACIÓN DE MURO ESTE Y SECTOR CARRILERA DE GRÚA DEL DIQUE DE CARENA Nº 2.

Que el referido procedimiento se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa prevista en el artículo 25, inciso d) apartado 8º del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1023/01 y los artículos 14 y 22 del Reglamento de dicho Régimen, aprobado por el Decreto Nº 1030/16 y sus modificatorios y normas complementarias.

Que, en dicho marco, con fecha 18 de mayo de 2023 el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y la Empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I. y N. suscribieron el respectivo Contrato Interadministrativo, “ad referendum” del Jefe de Gabinete de Ministros, por un monto de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CATORCE ($582.758.514) correspondiente a la mano de obra y de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE (USD 2.832.619) correspondiente a materiales.

Que el referido contrato contribuye al interés público y a la utilidad nacional, ya que se vincula a la defensa del Estado Nacional a través del mantenimiento de la capacidad operacional de las Fuerzas Armadas, con el fin de garantizar la protección del territorio nacional.

Que, en virtud de lo expresado precedentemente, corresponde aprobar la citada Contratación Directa Interadministrativa.

Que se ha verificado que se cuenta con el crédito presupuestario suficiente para atender los gastos que emanen de la presente medida.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9º, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento de selección correspondiente a la Contratación Directa Interadministrativa N° 38/15-0041-CDI23 sustanciada con el objeto de contratar el servicio de Reparación del muro este y sector carrilera de grúa del Dique de Carena Nº 2 del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Contrato Interadministrativo suscripto entre el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y la Empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I. y N, (CUIT 30-50688559-7) con fecha 18 de mayo de 2023 y sus ANEXOS I (IF-2021-63875375-APN-DGMN#ARA), II (IF-2023-33238774-APN- DGMN#ARA), III (IF-2023-33240979-APN-DGMN#ARA), IV (IF-2023-33243321-APN- DGMN#ARA) y V (IF-2023-33244900-APN-DGMN#ARA), que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la referida Contratación Directa Interadministrativa Nº 38/15-0041-CDI23 a la Empresa “TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I. y N para el renglón Nº 1 por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE (USD 2.832.619) correspondiente al costo de materiales, y en su renglón N° 2 por un monto total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CATORCE ($582.758.514) correspondiente al costo de mano de obra insumida para el cumplimiento de esta contratación.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión y declaración de caducidad de la Contratación Directa interadministrativa precitada, como así también a suscribir cualquier otro acto respecto de la contratación que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las Partidas Presupuestarias correspondientes del ESTADO GENERAL DE LA ARMADA.

ARTÍCULO 6º.- Autorízase a la Unidad Operativa de Contrataciones de la DIRECCIÓN DE OBTENCIÓN DE LA ARMADA a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Jorge Enrique Taiana

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/08/2023 N° 60900/23 v. 07/08/2023

Fecha de publicación 07/08/2023