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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD Y MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Resolución Conjunta 6/2023

RESFC-2023-6-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-27911298-APN-DNOPC#MSG, la Resolución Conjunta N° 6 del 12 de noviembre de 2019 del MINISTERIO DE SEGURIDAD y el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Conjunta N° 6 del 12 de noviembre de 2019 del MINISTERIO DE SEGURIDAD y el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, se aprobó el “REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN NACIONAL DE BRIGADAS USAR DE BUSQUEDA Y RESCATE URBANO”, como Anexo registrado bajo el Informe N° IF-2019-86774292-APN-CCB#MRE de la COMISIÓN CASCOS BLANCOS, de dicha Resolución.

Que la mencionada Resolución ha sido dictada con fundamento en la actuación de las Brigadas de Búsqueda y Rescate Urbano (USAR) en caso de terremotos y desastres humanitarios, en cuanto a los procedimientos y la coordinación de los esfuerzos internacionales de ese tipo de asistencia humanitaria.

Que a tales efectos, se creó el Grupo Asesor Internacional de Operaciones de Búsqueda y Rescate de las Naciones Unidas (INSARAG), el cual coordina y regula la actuación de equipos internacionales especializados en Búsqueda y Rescate Urbano (equipos USAR) que están a disposición para su despliegue a países afectados por eventos devastadores que hayan causado colapsos estructurales, principalmente debido a terremotos.

Que en nuestro país existen grupos en los cuales actúan y se perfeccionan brigadas de búsqueda y rescate urbano, tales como las diferentes brigadas pertenecientes a Fuerzas Armadas; Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales; Fuerzas Policiales provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; Sistema Nacional de Bomberos, entendiéndose por este, tanto a los cuerpos oficiales profesionales como a los voluntarios previstos en la Ley N° 25.054 y sus modificatorias; organismos de protección civil provinciales, también de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o municipales; organizaciones de la sociedad civil, entre otros.

Que mediante dicha Resolución las brigadas son acreditadas nacionalmente, implicando la evaluación de las mismas, por expertos debidamente autorizados conforme estándares y procesos elaborados y promulgados a nivel nacional por autoridad competente.

Que con el fin de lograr la validación del Proceso de Apoyo Externo y Proceso de Reconocimiento de INSARAG (IRNAP) del proceso de acreditación nacional de equipos USAR, donde estos sean habilitados a participar en operaciones internacionales de asistencia humanitaria en caso de terremotos y desastres humanitarios, resulta necesario la modificación de la citada Resolución a fin de readecuarse a los lineamientos requeridos por las normas INSARAG acorde a las actualizaciones emanadas de dicha entidad.

Que en tal sentido, resulta procedente la modificación del Anexo de la mencionada Resolución, acorde a la nueva guía propuesta.

Que consecuentemente, las aludidas modificaciones implican la correspondiente adecuación a los estándares internacionales requeridos por las “Guías INSARAG”.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, ambas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, han intervenido en el marco de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades previstas en los Artículos 18, incisos 23) y 34), y 22 bis, inciso 16) de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

Y

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el Anexo “REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN NACIONAL DE BRIGADAS DE BÚSQUEDA Y RESCATE URBANO” de la Resolución Conjunta N° 6 del 12 de noviembre de 2019 del MINISTERIO DE SEGURIDAD y el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, por el Anexo “GUÍA PARA LA ACREDITACIÓN NACIONAL DE BRIGADAS USAR DE BÚSQUEDA Y RESCATE URBANO”, registrado bajo el Informe N° IF-2023-28552702-APN-DNOPC#MSG, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Convalídanse las acreditaciones nacionales de Equipos USAR que se hayan otorgado mediante el Proceso de Acreditación Nacional aprobado por la Resolución Conjunta N° 6 del 12 de noviembre de 2019 del MINISTERIO DE SEGURIDAD y el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, hasta la fecha de publicación de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández - Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/08/2023 N° 60814/23 v. 07/08/2023

Fecha de publicación 07/08/2023