ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 631/2023
RESFC-2023-631-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2023
VISTO el Expediente EX-2023-34500498-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Ley Nº 22.351, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), la Resolución Conjunta Nº 5 de fecha 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Resoluciones Nros. 33 de la entonces Secretará de Gabinete y Gestión Pública de fecha 19 de marzo de 2009 y 75 de fecha 2 de mayo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita el pago del Suplemento por Función Específica a la agente de planta permanente Silvina Eugenia MIGUEZ (M.I. N° 25.456.635) del Agrupamiento General, Nivel C, Tramo Intermedio, Grado 6, todo ello de conformidad a lo establecido en los Artículos 87 y 116 del citado Convenio Colectivo.
Que el Artículo 87 dispone que el suplemento por Función Específica consistirá en una suma comprendida entre el QUINCE por ciento (15 %) y el SETENTA por ciento (70 %) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario de revista del trabajador. Dicho suplemento será abonado al personal que haya sido seleccionado para ejercer la titularidad de un puesto de trabajo o función incorporado a un Nomenclador fundado en razones de dificultad de reclutamiento de personal en el mercado laboral, en otras circunstancias laborales de particular criticidad o necesidad de servicio o en servicios técnicos específicos, a establecer a tal efecto por el Estado Empleador, previa consulta a las entidades sindicales signatarias a través de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.). En el Nomenclador se deberá establecer el porcentaje correspondiente a cada función incorporada.
Que el Artículo 116 de dicho Convenio establece que “Hasta tanto se establezca el Nomenclador para el pago del Suplemento por Función Específica, se mantendrá el régimen y montos actualmente percibidos por los empleados a la fecha de entrada en vigencia del presente convenio.”.
Que mediante la Resolución Conjunta N° 5/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se incorporó al Nomenclador de Funciones Específicas, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y modificatorios, el CAPÍTULO VI: “OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN EL AGRUPAMIENTO PROFESIONAL O GENERAL PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑE PUESTOS DE LA FAMILIA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES”, actualizando la función específica informática, permitiendo así fortalecer el desarrollo de las ciencias de la tecnología y la información en el Estado y, dando marco legal a la mejora de las condiciones salariales y al desarrollo de carrera de las y los agentes.
Que mediante la Resolución N° 75/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el “Régimen para la Asignación del suplemento por Función Específica para las ocupaciones comprendidas en el agrupamiento profesional o general para el personal que se desempeñe en puestos de tecnología de la información y las comunicaciones”, incorporadas al Nomenclador de Funciones Específicas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y sus modificatorios, a través de la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMÍA Nº 5/2022.
Que el Artículo 3º de la Resolución N° 33/2009 de la entonces Secretaría de Gabinete y Gestión Pública establece que “Los ministros, secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACION, jefe de la CASA MILITAR y titulares de entidades descentralizadas podrán considerar la aplicación del Artículo 116 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial delSISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, para aprobar el Suplemento por Función Específica, previo dictamen favorable de las Subsecretarías de Gestión y Empleo Público y de TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN, según corresponda.”.
Que el suplemento en cuestión tiene sustento en las funciones habituales y permanentes que desempeña la agente, encuadradas en las propias del punto VI. 8.3 - ADMINISTRADOR DE BASES DE DATOS aprobada por el Anexo IF-2022-14924171-APN-SGYEP#JGM de la mencionada Resolución Conjunta, con una retribución del TREINTA por ciento (30 %) de asignación básica del nivel escalafonario de revista del trabajador.
Que mediante el documento IF-2023-35680022-APN-DNO#APNAC se ha presentado la Declaración Jurada de Funciones correspondiente. Que la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (O.N.T.I.) mediante el documento IF-2023-39505772-APN-ONTI#JGM ha tomado intervención Dictaminando favorablemente a la solicitud.
Que la Dirección de Personal dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos ha certificado la situación de revista de la agente mediante el documento IF-2023-76412658-APN-DP#APNAC.
Que las entidades sindicales signatarias han prestado conformidad según las Notas NO-2023-51038614-APNDRC#APNAC y NO-2023-50928535-APN-DGA#APNAC.
Que la Dirección de Presupuesto y Control de Gestión mediante el documento NO-2023-39385010-APNDPYCG#APNAC ha informado al día de la fecha la existencia de crédito presupuestario en el ejercicio financiero en curso para hacer frente a la gestión que se pretende.
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de Administración y de Asuntos Jurídicos han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso u), de la Ley Nº 22.351 y la Resolución N° 75/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase a partir del 1 día del mes siguiente al dictado de la presente, el pago del TREINTA por ciento (30 %) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario, en concepto de Suplemento por Función Específica encuadrada en el punto VI. 8.3 - ADMINISTRADOR DE BASES DE DATOS, a la agente de planta permanente Silvina Eugenia MIGUEZ (M.I. N° 25.456.635) del Agrupamiento General, Nivel C, Tramo Intermedio, Grado 6, de conformidad con lo establecido en el Anexo IF-2022-14924171-APN-SGYEP#JGM de la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMÍA Nº 5/2022 y, en los Artículos 87 y 116 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (Si.N.E.P.) homologado por el Decreto N° 2.098/2008 conforme lo establecido en los Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que, por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en forma fehaciente a la interesada.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Virginia Laura Gassibe - Carlos Corvalan - Francisco Luis Gonzalez Taboas - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
e. 08/08/2023 N° 61272/23 v. 08/08/2023
Fecha de publicación 08/08/2023