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12 de Diciembre de 2000

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 536/2023

RESOL-2023-536-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-134819167- -APN-DDP#MSG, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios; la Ley N° 25.164; los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021 y 103 del 2 de marzo de 2022; la Resolución Conjunta del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 99 del 28 de junio de 1993, la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 971 del 31 de agosto de 2009, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 28 del 25 de febrero de 2010 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE HACIENDA N° 5 del 25 de febrero de 2022, la Resolución N° 53 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO del 22 de marzo de 2022, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 75 del 29 de abril de 2022 y la Resolución N° 356 del MINISTERIO DE SEGURIDAD del 15 de junio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° de la Resolución SGyEP N° 53/22 se aprobó el RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aplicable al personal que reviste en la Planta Permanente del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del proceso de valoración por evaluación y mérito para la promoción de nivel, y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E, quienes podrán ascender hasta un máximo de DOS (2) Niveles.

Que mediante la Resolución MS N° 356/22 se dio inicio a partir del 15 de junio de 2022 en este Ministerio, al proceso establecido en el citado Régimen, conformando el Comité de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, y designando su Secretaría Técnica Administrativa.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° del Anexo II (IF-2022-27280649-APN-SGYEP#JGM), de la Resolución SGyEP N° 53/22, la agente Angélica Norma PEÑALVA (D.N.I. N° 14.163.985) del Agrupamiento General, Nivel C, Grado 15, Tramo Avanzado, con Suplemento por Función Específica de ANALISTA/PROGRAMADOR DE SISTEMAS – CUARENTA POR CIENTO (40%), quien revista en la DIRECCIÓN DE ANÁLISIS PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO Y PROTECCIÓN CIVIL de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD de este Ministerio, manifestó su intención de participar del proceso a través del formulario FOHIZ (IF-2022-134537137-APN-SSGRYPC#MSG).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, confeccionó la Certificación de RRHH e Identificación del Puesto (CE-2022-134591256-APN-DGRRHH#MSG), en el que obra la certificación de la situación de revista de la trabajadora, la definición del puesto a ocupar y su agrupamiento para cumplir funciones de “Asistente de planificación e implementación de políticas públicas con orientación en análisis del riesgo de desastres”, conforme al Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones aprobado por el Acta COPIC N° 135 del 28 de mayo de 2021 (IF-2021-26954793-APN-DGYDCP#JGM), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 del Anexo I del Régimen citado precedentemente.

Que el aludido Comité, cumpliendo las atribuciones y responsabilidades que le fueron asignadas por el artículo 8° del citado Régimen, emitió las Actas Nros. 3 del 16 de diciembre de 2022 (ACTA-2022-137490153-APN-DDP#MSG) y 7 del 14 de julio de 2023 (ACTA-2023-81841575-APN-DIYSG#MSG), de aprobación resultante de la valoración, en los términos del artículo 11 del mismo Régimen, debiendo designar al postulante en el correspondiente Puesto y Agrupamiento del Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones con la asignación de los Suplementos mencionados.

Que el artículo 31 del citado Convenio Colectivo Sectorial dispone que el personal que asciende un nivel escalafonario desde UN (1) nivel inmediato inferior, debe reconocérsele UN (1) grado del nivel superior, por cada grado alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende, y en el supuesto que el personal viniera desarrollando tareas afines con el puesto o función correspondiente al nivel superior, será ubicado en el grado siguiente al que resultara de la aplicación del procedimiento establecido en el inciso a) de dicha norma.

Que la primera parte del anteúltimo párrafo de ese mismo precepto dispone que el personal que asciende de nivel le fuera asignado en un grado comprendido en un Tramo igual o inferior al que revistara, continuará su carrera en el Tramo correspondiente a dicho grado.

Que de acuerdo al certificado IF-2023-84025282-APN-DDP#MSG, la carrera horizontal de la postulante se encuentra actualizada a la fecha del presente.

Que, en este caso, teniendo en cuenta la situación de revista de la postulante y sus antecedentes obrantes en autos, corresponde asignarle el Grado 16 y el Tramo Avanzado, dentro del nuevo Nivel escalafonario B, en los términos de los incisos a) y c) y anteúltimo párrafo del artículo 31 del mencionado Convenio Colectivo Sectorial, aplicable al caso por el artículo 16 del citado Régimen.

Que respecto de las funciones informáticas inherentes al puesto postulado, se señala que el artículo 1° de la Resolución Conjunta de la SGyEP – SH N° 5/22 incorporó al Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado en el Visto, el CAPÍTULO VI: “OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN EL AGRUPAMIENTO PROFESIONAL O GENERAL PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑE PUESTOS DE LA FAMILIA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES”, en función de las prescripciones del Acta N° 166 del 28 de diciembre de 2021 emitida por la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera del Sistema Nacional de Empleo Público, cuya redacción obra en el Anexo I (IF-2022- 14924171-APN-SGYEP#JGM) que forma parte integrante de la citada Resolución.

Que los artículos 3° y 5° de dicha Resolución Conjunta disponen, respectivamente, que el aludido Suplemento es incompatible con cualquier otro suplemento otorgado en concepto de Funciones Específicas y que el personal que se encontrara percibiendo el Suplemento por Función Específica Informática conforme al Nomenclador aprobado por la Resolución Conjunta N° 99 del 28 de junio de 1993 del ex MEOySP - SFP, en la medida que se encuentre abocado a realizar funciones en un puesto que resulte coincidente con alguno de los previstos en el Anexo I de aquella norma, deberá homologarlo bajo el régimen correspondiente.

Que, en este caso, la Declaración Jurada de Funciones Informáticas (IF-2022-134578985-APN-DNPYRRD#MSG), certificadas por el superior directo de la postulante, contempla la asignación del Suplemento por Función Específica con carácter informático de ESPECIALISTA DE DATOS prevista en el Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado en el Visto, del CAPÍTULO VI: “OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN EL AGRUPAMIENTO PROFESIONAL O GENERAL PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑE PUESTOS DE LA FAMILIA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES”.

Que, en un nuevo análisis de este segmento de la postulación, el Comité de Valoración verificó que el título de “Técnica Superior en Defensa Civil con Orientación en Análisis del Riesgo”, obtenido el 28 de septiembre de 2007 del Instituto de Formación Técnica Superior Nº 26 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presentado por la postulante a tal fin, es de nivel terciario y carece de atinencia relevante para el procesamiento y análisis de los conjuntos y/o combinaciones de datos de gran volumen y complejidad, conforme las exigencias estipuladas para la Ocupación ESPECIALISTA DE DATOS comprendida en el citado Nomenclador.

Que con relación al análisis de la titulación requerida para el desempeño del puesto, el Acta COPIC Nº 207 del 23 de febrero de 2023 (IF-2023-19785915-APN-COPIC) interpretó que las intervenciones del Comité de Valoración previstas por los artículos 8°, 9°, 11 y 12 del Anexo II de la Resolución N° 53/2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, resultan suficientes para constatar los extremos requeridos por las normas que reglamentan la asignación de los suplementos por Agrupamiento, Función Específica y Capacitación Terciaria, contemplados en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SINEP.

Que, bajo esta premisa, el cumplimiento de los recaudos establecidos por las respectivas reglamentaciones aprobadas para la percepción de dichos suplementos, se verifican por el Comité de Valoración durante el proceso de valoración por evaluación y mérito.

Que, en ejercicio de tales facultades, el Comité de Valoración ha verificado que el título académico de la agente como “Técnica Superior en Defensa Civil con Orientación en Análisis del Riesgo”, obtenido el 28 de septiembre de 2007 del Instituto de Formación Técnica Superior Nº 26 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se corresponde con las funciones del puesto de “Asistente de Planificación e Implementación de Políticas Públicas con Orientación en Análisis del Riesgo de Desastres”.

Que en virtud de ello, resulta procedente aprobar la asignación del Suplemento por Mayor Capacitación a la mencionada postulante, en cumplimiento de los requisitos establecidos en el RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUPLEMENTO POR CAPACITACIÓN TERCIARIA AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, aprobado por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 98 del 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias, así como por el artículo 88 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SINEP, homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 24 del aludido Régimen, la nueva situación de revista descripta en el párrafo anterior, se hará efectiva a partir de la fecha de la toma de posesión del nuevo puesto.

Que, en este caso, corresponde dejar sin efecto a partir de entonces, la asignación del Suplemento por Función Específica de carácter informático de ANALISTA/PROGRAMADOR DE SISTEMAS – CUARENTA POR CIENTO (40%) del Nomenclador aprobado por la Resolución Conjunta N° 99 del 28 de junio de 1993 del ex MEOySP – SFP, que viene percibiendo la postulante por la Resolución MI N° 971/2009.

Que la Dirección de Presupuesto de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de este Ministerio ha certificado la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para solventar la medida que se propicia.

Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, en el artículo 3° del Decreto N° 355/17 y de la Resolución SGyEP N° 53/22.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito conformado por la Resolución N° 356 del MINISTERIO DE SEGURIDAD del 15 de junio de 2022 respecto de la postulación del agente Angélica Norma PEÑALVA (D.N.I. N° 14.163.985) quien reviste actualmente en la planta permanente de este Ministerio, en un cargo Nivel C, Grado 15, Agrupamiento General, Tramo Avanzado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase, a partir del día primero del mes siguiente al dictado de la presente medida, a Angélica Norma PEÑALVA (D.N.I. N° 14.163.985), de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, aprobado en el artículo 2° de la Resolución N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), en un cargo de planta permanente, Nivel B, Grado 16, Agrupamiento General, Tramo Avanzado del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, asignándosele un puesto de “Asistente de planificación e implementación de políticas públicas con orientación en análisis del riesgo de desastres”, en la DIRECCIÓN DE ANÁLISIS PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO Y PROTECCIÓN CIVIL de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD de este Ministerio.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la asignación del Suplemento por Capacitación Terciaria establecido por el artículo 88 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08,y lo previsto por el “RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUPLEMENTO POR CAPACITACIÓN TERCIARIA AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por el Anexo IV de la Resolución de la ex SGP N° 98/09,y sus modificatorias, a favor de la agente mencionada en el Artículo 1º, a partir de la toma de posesión de cargo en el que fuera designada por el artículo 2° de la presente.

ARTÍCULO 4°.- Déjase sin efecto, a partir de la toma de posesión del cargo mencionado en el artículo 2° de la presente, la asignación del Suplemento por Función Específica de carácter informático de ANALISTA/PROGRAMADOR DE SISTEMAS – CUARENTA POR CIENTO (40%), del Nomenclador de Funciones Informáticas, aprobado por la Resolución Conjunta N° 99 del 28 de junio de 1993 del ex MEOySP – SFP, que viene percibiendo la agente Angélica Norma PEÑALVA (D.N.I. N° 14.163.985), por la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR N° 971 del 31 de agosto de 2009, por no contar con título universitario de grado y/o terciario atinente, y/o experiencia comprobable en el área de Base de Datos exigidos para el personal del Nivel C o B del Agrupamiento General conforme las exigencias estipuladas para la Ocupación ESPECIALISTA DE DATOS del CAPÍTULO VI: “OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN EL AGRUPAMIENTO PROFESIONAL O GENERAL PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑE EN PUESTOS DE LA FAMILIA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES”, incorporado por la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y de la SECRETARÍA DE HACIENDA N° 5 del 25 de Febrero de 2022, al Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

ARTÍCULO 5°.- La persona nombrada en el artículo precedente deberá tomar posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a la notificación de su designación en el nuevo nivel.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados para el Ejercicio Financiero 2022 del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 7°.- Hágase saber a la trabajadora mencionado en el artículo 1° de la presente, que podrá interponer recurso de reconsideración contra el presente acto, dentro de los DIEZ (10) días o jerárquico directo dentro de los QUINCE (15) días, contados a partir de su notificación.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

e. 09/08/2023 N° 61523/23 v. 09/08/2023

Fecha de publicación 09/08/2023