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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resolución 1795/2023

RESOL-2023-1795-APN-ME

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2023

VISTO los Decretos N° 1035 del 8 de noviembre de 2018 y 426 del 21 de julio de 2022, la Decisión Administrativa N° 1525 del 23 de diciembre de 2016 y N° 1449 del 10 de agosto de 2020, las Resoluciones Ministeriales Nros 3.806 del 17 de octubre de 2017, 2.268 del 17 de agosto de 2018, 1824 del 27 junio de 2019, 1677 del 28 de setiembre de 2020, 4000 del 22 de diciembre de 2021 y 2601 del 27 de septiembre de 2022, el Expediente Nº EX-2023-60656325-APN-DRRHH#ME, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por el Decreto N° 426/22 en su artículo 1° se estableció los organismos que no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza en diversas modalidades, exceptuando en su artículo 2° inciso d. las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.

Que por la Decisión Administrativa N° 1525 del 23 de diciembre de 2016 se cubrió el cargo de Directora de Contrataciones - Nivel B Grado 0, Función Ejecutiva III del SINEP - dependiente de la ex DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta Cartera Ministerial.

Que en el artículo 2° de la referida medida se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la misma.

Que por la Decisión Administrativa N° 1449 del 10 de agosto de 2020 se homologó el cargo de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Que por la Resolución Ministerial N° 1677 del 28 de setiembre de 2020, se hizo lo propio con la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.

Que por la Resolución Ministerial N° 3.806 del 17 de octubre de 2017 se prorrogó por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente, y por las Resoluciones Ministeriales Nros 2.268 del 17 de agosto de 2018, 1824 del 27 junio de 2019, 1677 del 28 de setiembre de 2020, 4000 del 22 de diciembre de 2021 y 2601 del 27 de septiembre de 2022, se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias y el Decreto N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar a partir del 27 de junio de 2023, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria efectuada en los términos de la Decisión Administrativa Nº 1.525 del 23 de diciembre de 2016 y prorrogada por las Resoluciones Ministeriales Nros. 3.806/17, 2.268/18, 1.824/19, 4000/21 y 2601/22, de la abogada Andrea Verónica KEMELMAJER (D.N.I. Nº 21.369.915), en el cargo de Directora de Contrataciones, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, Nivel B Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08. La presente prórroga mantiene el carácter de excepción por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel mencionado establecidos en el artículo 14 del Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente medida, notifíquese a la interesada, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Jaime Perczyk

e. 10/08/2023 N° 61684/23 v. 10/08/2023

Fecha de publicación 10/08/2023