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17 de Diciembre de 1993

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 7/2023

DI-2023-7-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2023

VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-86973014-APN-SSGA#MS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 945 del 17 de noviembre de 2017, el Decreto N° 640 del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, el Decreto Nº 223 del 28 de marzo de 2021, la Decisión Administrativa N° 891 del 12 de septiembre del 2022, la Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS del MINISTERIO DE SALUD del 30 de noviembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramitó la Licitación Pública Internacional MSAL-118-LPI-S, cuyo objeto es la “Contratación de servicio de operación logística (período 2021-2023) Programa Nacional Remediar –DNMYTS” contratada con firma CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. (C.U.I.T.: 30-70857483-6), en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OCAR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” GN-2349-15 (mayo de 2019).

Que mediante el Decreto Nº 640/2020 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157- APN-SSRFID#SAE).

Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera.

Que por Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD o quien en el futuro detente la función.

Que por Decisión Administrativa Nº 891/2022, se readecuó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones allí previstos, estableciendo las funciones, entre otras, de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, entre las que se encuentra la de “Coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera-presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de participación público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional”.

Que mediante NO-2022-80851355-APN-SAS#MS de orden 111, tramitó la solicitud realizada por la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD de dar inicio a una Enmienda para los servicios prestados por la firma CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A., en el marco del proceso MSAL-118-LPI-S, con el objeto de extender el contrato. Que la DIRECCION NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGIA SANITARIA y la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA prestaron conformidad al procedimiento de ampliación de las cantidades establecidas en el convenio contractual original.

Que la SECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA, mediante su nota obrante a orden 112, prestó conformidad para llevar adelante la Enmienda. Que se confeccionó el proyecto de enmienda (orden 145) con los cambios propuestos, de forma tal que el precio total del contrato ascendió a AR$ 451.394.634,45, a ajustarse de acuerdo a lo previsto en la cláusula GCC 15.1 del Contrato INLEG-2021-99685000-APNSES#MS, conforme a la indicación del Banco (IF-2022-139146597-APN-DCYC#MS).

Que mediante la Nota CSC/CAR-188-2023, el Banco ha manifestado su NO OBJECION al proyecto de Enmienda (IF-2023-09915811-APN-DGPFE#MS).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia (orden 184), detectando inconsistencias en cuanto al precio total consignado en el segundo proyecto de enmienda y a la fuente de financiamiento.

Que se procedió a rectificar el monto total a adjudicar, estableciéndose un precio total IVA incluido de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SIETE CON 68/100 ($ 546.187.507,68), gasto plenamente financiado con recursos de aporte local, conforme Proyecto de Enmienda IF2023-50261654-APN-DCYC#MS. Que mediante su nota CSC/CAR-1146-2023, el Banco ha manifestado su NO OBJECION al proyecto de Enmienda (IF-2023-48987329-APN-DCYC#MS).

Que en consecuencia corresponde aprobar el proyecto de Enmienda referido.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO tomó Intervención en el marco de sus competencias, conforme surge de la nota obrante a orden 204.

Que la SECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA, tomó intervención de conformidad a lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945/2017.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención en el marco de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto N° 945/2017, Decreto N° 640/2020 y la Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 5032/OC-AR

DISPONE

ARTICULO 1°. – Apruébase el procedimiento de Enmienda N° 2 al contrato INLEG-2021- 99685000-APN-SES#MS correspondiente al servicio de ‘Contratación de servicio de operación logística (período 2021-2023) Programa Nacional Remediar –DNMYTS’, en el marco del proceso de Licitación Pública Internacional MSAL-118-LPI-S.

ARTICULO 2º.- Apruébase la Enmienda Nº 2 al contrato INLEG-2021-99685000-APNSES#MS a favor de la firma CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. (C.U.I.T.: 30-70857483-6), que comprende la extensión contractual para cubrir incremento de cantidades en los renglones: 1.1 (15.000 posiciones adicionales), 1.2 (15.000 posiciones adicionales), 3.1 (69.570 botiquines adicionales), 3.2 (5.235 botiquines adicionales), 4.1 (77.790 unidades adicionales), 4.2 (180.000 unidades adicionales), 8.1 (35.325 unidades logísticas adicionales), 8.2 (72.060 unidades logísticas adicionales), 8.3 (1.515 unidades logísticas adicionales) y 8.4 (3.720 unidades logísticas adicionales) por el monto de ARS 546.187.507,68 (PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SIETE CON 68/100 precio total IVA incluido.

ARTÍCULO 3°. - Apruébase el modelo de Enmienda N° 2 que como Anexo IF-2023- 50261654- APN-DCYC#MS forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 4°. – El presente gasto que asciende a la suma de ARS 546.187.507,58 deberá imputarse al Ejercicio 2023 - Categoría Programática 29.0.0.0 IPP 3.5.0.0 FF 11.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/08/2023 N° 62368/23 v. 10/08/2023

Fecha de publicación 10/08/2023