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26 de Enero de 2007

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA POSADAS

Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía (art. 1005) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, (art. 1001), bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente.

Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción al art. 977, a que en el perentorio plazo de diez (10) días, previo deposito en autos del monto de la multa mínima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia lo pondrá a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 986, 987 y otros de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación.

SC46-IMPUTADODOC. IDENTIDADMULTA($)INFRACCIÓN
1715-2021/8MAIDANA CATALINO95.562.131501.216,12863-864-867
341-2023/5FERNANDEZ LUCAS ANDRES95.578.213226.082,82985
343-2023/1FERNANDEZ LUCAS ANDRES95.578.213222.207,97985
351-2023/3DUARTE BARRIOS PEDRO95.246.002434.740,54985
1600-2022/9ESCOBAR MIRTA33.721.25871.702,88985
1602-2022/5ESCOBAR MIRTA33.721.258114.724,64985
1603-2022/3ESCOBAR MIRTA33.721.25871.702,88985
1696-2021/2SUAREZ ALFREDO GUILLERMO28.085.068354.282,39986
1697-2021/0SUAREZ ALFREDO GUILLERMO28.085.068302.764,82986
1034-2022/7ROA RUIZ DIAZ MARCELINO94.907.512905.695,17986-987
1034-2022/7DELGADO ACEVEDO EDWIN95.612.905905.695,17986-987
1034-2022/7SEGOVIA GERALDINE JANET39.421.165905.695,17986-987
307-2023/1CABRERA QUIÑONES LUCAS GABRIELC.I. (PY) N.º 4.182.821452.516,88970
336-2023/8CABRERA SERGIO ANDRES33.903.499363.193,45985
337-2023/1CABRERA SERGIO ANDRES33.903.499181.596,72985
344-2023/KGAMARRA ARMANDO ARIEL31.502.280222.207,97985
1219-2022/8CARDOSO VICENTE GUSTAVOC.I. (PY) N°5.668.099144.502.482,48863-864-866
1218-2022/KMEZA OVELAR JOELC.I. (PY) N.º 5.449.426116.566.122,80863-864-866
C.I. (PY) N° GRENTOMM S.A.RUT 800082586-1116.566.122,80863-864-866

Ricardo Daniel Koza, Administrador de Aduana.

e. 10/08/2023 N° 61694/23 v. 10/08/2023

Fecha de publicación 10/08/2023