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3 de Mayo de 2024

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Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Decisión Administrativa 660/2023

DECAD-2023-660-APN-JGM - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-55755434-APN-DGTYA#SENASA, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y la Decisión Administrativa N° 1881 del 10 de diciembre de 2018 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario o Subsecretaria, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por la Decisión Administrativa N° 1881/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Coordinador o Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL LA PAMPA-SAN LUIS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.701 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 26 de diciembre de 2022 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al ingeniero Mario Javier del RIO (D.N.I. N° 31.574.581) en el cargo de Coordinador Regional de Protección Vegetal de la DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL LA PAMPA-SAN LUIS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE OPERACIONES del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional Operativo, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40/07.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Directiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 42 de dicho Convenio y a lo establecido por el artículo 7° de la Ley N° 27.701.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente por la Resolución Conjunta Nº 2/22 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, Entidad 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Sergio Tomás Massa

e. 11/08/2023 N° 62873/23 v. 11/08/2023

Fecha de publicación 11/08/2023