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21 de Noviembre de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA LA QUIACA

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que abajo se detallan, para que dentro del plazo perentorio de diez (10) días hábiles comparezcan por ante la División Aduana La Quiaca sita en Av. La Madrid N°555, La Quiaca, Provincia de Jujuy, a tomar participación en los sumarios contenciosos que se indican infra, en los cuales se ha resuelto correrles vista en los términos del artículo 1.101 del Código Aduanero, a efectos de que opongan su defensa y ofrezcan prueba ante la imputación de presunta comisión de una infracción prevista y penada en el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de la procedencia del trámite en rebeldía (Art. 1005 C.A.). Se informa que en su primera presentación deberá constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 C.A.), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 del C.A., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. h) del citado cuerpo legal. Asimismo se informa que en virtud de los arts. 930 y 931 del Código Aduanero, y con excepción de los imputados por art. 947 del C.A.; el pago voluntario de la multa mínima, y el abandono de la mercadería en los casos que proceda el comiso, en el plazo conferido por el art. 1101 del C.A., posee efectos extintivos de la acción penal infraccional correspondiente.

Felix Manuel Mendivil, Administrador de Aduana.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/08/2023 N° 62636/23 v. 16/08/2023

Fecha de publicación 15/08/2023