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MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 679/2023

DECAD-2023-679-APN-JGM - Contratación Directa por Urgencia N° 80-0011-CDI23.

Ciudad de Buenos Aires, 15/08/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-28306068-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia Nº 80-0011-CDI23 del MINISTERIO DE SALUD destinada a la adquisición de anticonceptivos combinados inyectables mensuales (ACI), solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA del citado organismo.

Que se difundió el referido Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que conforme surge del Acta de Apertura de fecha 6 de junio de 2023, se recibieron TRES (3) ofertas correspondientes a las firmas BAYER S.A. e IVAX ARGENTINA S.A. para el renglón 1 y PHARMOS S.A. para el renglón 2.

Que la GERENCIA DE PRECIOS TESTIGO de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN tomó intervención mediante la Orden de Trabajo N° 370/23, elaborando el Informe Técnico de Precios Testigo, por medio del cual suministró valor de referencia para el renglón 1 e informó que para el renglón 2 no se halló precio de comercialización al público, conforme lo establecido en el artículo 2° de la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en cumplimiento del artículo 8° de la Ley N° 27.437.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente informe técnico, del cual surge que todas las ofertas presentadas se ajustan técnicamente a las especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que con el fin de alinear el precio ofertado al precio estimado, la Dirección de Compras y Contrataciones del mencionado Ministerio propulsó el mecanismo de mejora de precio a la firma PHARMOS S.A. para el renglón 2, recibiendo una respuesta favorable de parte de esta.

Que, por lo expuesto, la referida Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, recomendó la adjudicación de las ofertas de las firmas IVAX ARGENTINA S.A. para el renglón 1 y PHARMOS S.A. para el renglón 2, por ser válidas y económicamente convenientes, y desestimar la oferta de la firma BAYER S.A. por condicionar su oferta de acuerdo a lo indicado en la Nota de Abastecimiento.

Que mediante la Resolución N° 1571/23 del MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria de la Contratación Directa por Urgencia N° 80-0011-CDI23 de la citada Cartera Ministerial, llevada a cabo para la adquisición de anticonceptivos combinados inyectables mensuales (ACI), solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA del mencionado organismo, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado de la referida contratación directa.

Que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios y por el artículo 9°, inciso e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Adjudícase la Contratación Directa por Urgencia N° 80-0011-CDI23 del MINISTERIO DE SALUD, destinada a la adquisición de anticonceptivos combinados inyectables mensuales (ACI) por la suma total de PESOS NOVECIENTOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL ($904.880.000), a favor de las siguientes firmas y por los montos y cantidades que a continuación se detallan:

a. IVAX ARGENTINA S.A. (CUIT N° 33-50170702-9): Renglón 1 por una cantidad de 1.000.000 de unidades y por la suma total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL ($732.880.000).

b. PHARMOS S.A. (CUIT N° 30-64266156-2): Renglón 2 por una cantidad de 200.000 unidades y por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES ($172.000.000).

ARTÍCULO 2º.- Desestímase la oferta de la firma BAYER S.A. por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- La suma total de PESOS NOVECIENTOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL ($904.880.000) a la que asciende la presente contratación se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD para el Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios y/o cocontratantes respecto de la contratación que por este acto se adjudica, como así también a suscribir cualquier otra medida relativa a la ejecución del contrato.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD a suscribir las pertinentes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 6°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, conforme lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Carla Vizzotti

e. 16/08/2023 N° 64254/23 v. 16/08/2023

Fecha de publicación 16/08/2023