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BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO

Resolución 377/2023

RESOL-2023-377-APN-BNMM#MC

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2023

VISTO el Expediente Electrónico EX-2022-115196267-APN-DGCA#BNMM la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes N° 25.164 y N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021 y 103 del 2 de marzo de 2022, las Resoluciones N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) y N° 44 del 3 de febrero de 2023 del registro de la BIBLIOTECA NACIONAL (RESOL-2023-44-APN-BNMM#MC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio N° 103 del 2 de marzo de 2022, se homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) suscripta el 26 de mayo de 2021 entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).

Que por la cláusula tercera del Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologada por Decreto N° 103/2022 se dispuesto sustituir la redacción de la cláusula tercera del acta acuerdo de fecha 26 de mayo de 2021 homologada por el Decreto N° 415/21 por la siguiente: “Por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2023, el personal permanente comprendido en el presente convenio colectivo de trabajo sectorial que reuniera los requisitos para el acceso a un Nivel Escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación manifestando por escrito su intención, conforme al régimen de valoración para la promoción por evaluación y mérito que el Estado Empleador establezca, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Co.P.I.C. El Estado Empleador podrá disponer el cambio de Nivel Escalafonario, mediante la conversión del cargo siempre que se cuente con los respectivos créditos presupuestarios en cada jurisdicción u organismos descentralizado, según corresponda. En todos los casos, se valorará especialmente a quiénes hayan accedido a los Tramos más elevados…”.

Que, elaborada la propuesta de reglamentación en los términos del acta citada, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 del 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022- 16064393-APN-COPIC), aprobada por Resolución de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO 53/2022.

Que a través del artículo 2° de la Resolución N° 53/2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°2098/2008, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de este organismo, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, mediante CCOO Nº NO-2022-121288784-APN-DRRHH#BNMM.

Que mediante RESOL-2023-44-APN-BNMM#MC se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, se designó a los integrantes del Comité de Valoración, y se designó a la Secretaria Técnica Administrativa.

Que el agente STORTI, Javier Alejandro (C.U.I.L. N° 20-18263328-4) personal de la planta permanente de esta BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, quien revista actualmente en el Nivel D del Agrupamiento Profesional, Grado 14, Tramo Avanzado del Sistema Nacional de Empleo Público, se postuló de conformidad con el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para ascender al Nivel B del Agrupamiento Profesional del SINEP.

Que en oportunidad de suscribir el formulario de certificación de cumplimiento de requisitos e identificación del puesto (CE-2022-117109082-APN-DRRHH#BNMM) la unidad a cargo de las acciones de personal considera que, en caso de aprobarse la promoción vertical, el trabajador debe ser designado en el puesto de “Analista de Higiene y Seguridad” del Nomenclador de Puestos y Funciones del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que mediante el acta de firma conjunta de fecha 24 de julio de 2023 (IF-2023-85299226-APN-CHCML#MC) el comité de valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito de este organismo se ha expedido favorablemente por voto unánime, respecto del cumplimiento de los requisitos del nivel y agrupamiento al que postulara el agente STORTI, Javier Alejandro (C.U.I.L. N° 20-18263328-4).

Que mediante IF-2023-90455192-APN-DAF#BNMM la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA ha certificado la existencia de crédito presupuestario en el ejercicio presupuestario en curso para efectivizar la medida.

Que de conformidad con las previsiones del artículo 31 del Convenio Colectivo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto 2098/2008, la unidad a cargo de las acciones de personal ha determinado que corresponde se asigne al mencionado agente el Nivel B, Grado 14, Tramo avanzado, Agrupamiento Profesional.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, en el artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, y en la Resolución N° 53/2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM).

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Apruébese lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito conformado por la RESOL-2023-44-APN-BNMM#MC respecto de la postulación del agente STORTI, Javier Alejandro (C.U.I.L. N° 20-18263328-4) quien reviste actualmente en la planta permanente de este organismo en un cargo Nivel D del Agrupamiento Profesional, Grado 14, Tramo Avanzado de Sistema Nacional de Empleo Público.

ARTÍCULO 2º.- Designase al agente STORTI, Javier Alejandro (C.U.I.L. N° 20-18263328-4) a partir del dictado de esta medida, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, aprobado en el artículo 2° de la Resolución N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo de planta permanente, Nivel B Grado 14, Agrupamiento Profesional, Tramo Avanzado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, asignándosele un puesto de “Analista de Higiene y Seguridad”.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la medida por el artículo segundo de la presente resolución, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al SAF 116 – BIBLIOTECA NACIONAL para el ejercicio 2023.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archivase.

Juan Sasturain

e. 16/08/2023 N° 63976/23 v. 16/08/2023

Fecha de publicación 16/08/2023