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5 de Marzo de 2002

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 3365/2023

RESFC-2023-3365-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2023

VISTO el expediente identificado como EX-2023-91320863- -APN-PI#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), organismo descentralizado de la Jefatura de Gabinete de Ministros es la autoridad de aplicación del régimen legal en materia de mutuales y cooperativas en los términos de las Leyes Número 19.331, 20.321, 20.337, Decreto N.º 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que su misión principal es concurrir a la promoción de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su desarrollo.

Que la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (AADTSS) es una entidad sin fines de lucro fundada en 1957 que a lo largo de más de 65 años llevó adelante la tarea de promover, realizar y difundir estudios del derecho del trabajo y la seguridad social con la participación de distintos sectores de la actividad y de pensamiento.

Que la AADTSS ha convocado al “XXIV Congreso Nacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social” que se llevará a cabo en la Ciudad de Santa Fe, entre los días 28 y 29 de septiembre de 2023.

Que la Resolución INAES N.º 4664/13 establece que las cooperativas de trabajo deberán prestar a sus asociados y asociadas los beneficios de la seguridad social, incluyendo el pago de las prestaciones dinerarias que les corresponda percibir en caso de enfermedades o accidentes, o hacerse cargo del pago de las reparaciones dinerarias que corresponda en condiciones que no podrán ser inferiores a las condiciones establecidas por las leyes aplicables a los trabajadores y las trabajadoras dependientes de la misma actividad.

Que el Decreto Nº 651/2022 dispuso extender el ámbito de aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557, sus modificatorias y complementarias a los trabajadores asociados y las trabajadoras asociadas en Cooperativas de Trabajo, siempre que la entidad solicite su inclusión en el régimen.

Que una de las temáticas que se abordarán en el Congreso es el sistema de riesgos del trabajo el cual constituye uno de los puntos de interrelación entre la normativa específica cooperativa y del derecho del trabajo y la seguridad social.

Que, por lo expuesto, el desarrollo de nuevos conocimientos y actividades académicas por parte de instituciones como la AADTSS resultan de vital importancia e interés para el movimiento cooperativo y mutual.

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7° inciso d) de la Ley 19.549, el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N.° 20.337 y los Decretos N.° 420/96, 723/96, 721/00, 1192/02, sus normas modificatorias y complementarias,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase de interés cooperativo y mutual el “XXIV Congreso Nacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social” organizado por la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social que se llevará a cabo en la Ciudad de Santa Fe, entre los días 28 y 29 de septiembre de 2023.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Ariel Guarco - Alexandre Roig

e. 16/08/2023 N° 63979/23 v. 16/08/2023

Fecha de publicación 16/08/2023