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16 de Abril de 1974

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decisión Administrativa 692/2023

DECAD-2023-692-APN-JGM - Licitación Pública N° 82-0018-LPU23.

Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-64246103- -APN-DC#ME, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 82-0018-LPU23 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, autorizada por la Resolución N° 1371 del 3 de julio de 2023 del mencionado organismo, llevada a cabo con el objeto de lograr la adquisición de un servicio integral para la efectiva implementación del DISPOSITIVO EVALUATIVO previsto en el PLAN NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA 2023/2024 – “Aprender 2023 - Evaluación Estandarizada Censal –Nivel primario”, solicitada por la Dirección de Evaluación Educativa de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del citado Ministerio.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN informó que la referida contratación se encontraba excluida del Control de Precios Testigo, conforme lo establecido en el artículo 3º, inciso a) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 36-E/2017 y sus modificatorias.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 17 de julio de 2023, en la referida Licitación Pública se presentaron las siguientes firmas: KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A., BOLDT IMPRESORES S.A. y OPORTUNIDADES S.A.

Que la Dirección de Evaluación Educativa de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en su carácter de Unidad Requirente, elaboró el correspondiente Informe Técnico de las ofertas recibidas, en el cual se evaluó el cumplimiento por parte de los oferentes de las Especificaciones Técnicas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que se propulsó el mecanismo de mejora de precio a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y de la documentación obrante en el Expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 25 de julio de 2023, recomendando adjudicar la Licitación Pública referida a la firma BOLDT IMPRESORES S.A.

Que conforme lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación, corresponde desestimar la oferta presentada por la firma KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A. por no haber presentado junto con la oferta el Anexo II – planilla de cotización y atento que no cumple con la facturación exigida de conformidad con lo establecido en la CLÁUSULA XIII.C) en los Puntos 2) y 3), respectivamente, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la Dirección de Contrataciones del MINISTERIO DE EDUCACIÓN informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación.

Que la Dirección de Presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha certificado la existencia de crédito para afrontar el gasto emergente de la referida contratación.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 82-0018-LPU23 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN llevada a cabo con el objeto de lograr la adquisición de un servicio integral para la efectiva implementación del DISPOSITIVO EVALUATIVO previsto en el PLAN NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA 2023/2024 – “Aprender 2023 - Evaluación Estandarizada Censal –Nivel primario”, solicitada por la Dirección de Evaluación Educativa de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Desestímase en la Licitación Pública N° 82-0018-LPU23 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN la oferta presentada para el renglón único por la firma KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70757382-8) por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 25 de julio de 2023.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase el renglón único de la Licitación Pública N° 82-0018-LPU23 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a la firma BOLDT IMPRESORES S.A. (C.U.I.T. N° 30-70996825-0) por la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL ($1.929.500.000).

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y/o a la Dirección de Contrataciones del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Ministro de Educación a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante, respecto de la Licitación Pública Nacional que por este acto se adjudica, como así también a suscribir cualquier otra medida relativa a la ejecución del contrato.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN para el presupuesto vigente.

ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer recurso de reconsideración, dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación, o recurso jerárquico, dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Jaime Perczyk

e. 18/08/2023 N° 65024/23 v. 18/08/2023

Fecha de publicación 18/08/2023