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24 de Enero de 2019

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1131/2023

RESOL-2023-1131-APN-ENACOM#JGM FECHA 16/8/2023 ACTA 90

EX-2022-46446293-APN-DNFYD#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - APROBAR el proyecto presentado por la ASOCIACIÓN MUTUAL SINDICAL MERCANTIL - AMUSIM, en el marco de la convocatoria dispuesta mediante la Resolución ENACOM N° 2.899/2018 y sus modificatorias, cuyo PLIEGO DE BASES fuera sustituido por su similar Resolución ENACOM Nº 1.969/2022 y su modificatoria, y del PROGRAMA CONECTIVIDAD. 2 - ADJUDICAR a la AMUSIM la suma de PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($14.499.720,82.-), en concepto de Aportes no Reembolsables. 3 - DESTINAR la suma de hasta PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($14.499.720,82.-), del Fondo Fiduciario del Servicio Universal. 4 - ESTABLECER que dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la apertura de una cuenta bancaria específica que estará afectada al proyecto aprobado en el Artículo 1. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 5 - ESTABLECER que dentro de los 20 días hábiles de notificada la presente Resolución, el adjudicatario deberá acreditar la constitución de las garantías previstas en el Artículo 8 de la referida Convocatoria. La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para la firma del Convenio dará por decaída automáticamente la adjudicación, sin necesidad de interpelación previa. 6 - DETERMINAR que, con anterioridad a la suscripción del Convenio previsto en el Artículo 18 del PLIEGO DE BASES, la AMUSIM deberá acreditar la ampliación de su objeto social, de modo de incluir en el mismo la actividad que por la presente pretende desarrollar. 7 - COMUNÍQUESE, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. . Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 18/08/2023 N° 64900/23 v. 18/08/2023

Fecha de publicación 18/08/2023