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13 de Diciembre de 1955

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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 699/2023

DECAD-2023-699-APN-JGM - Transfiérese agente.

Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-17493009-APN-DGPYB#FAA, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 2539 del 24 de noviembre de 2015 y sus modificatorios y la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nº 1 del 14 de junio de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia de la agente María Trinidad SASSO, quien revista en UN (1) cargo de la planta permanente de la DIRECCIÓN GENERAL DE LÍNEAS AÉREAS DEL ESTADO del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, organismo desconcentrado dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, Nivel V - Grado 5, Tramo General - Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA – EX IOSE), homologado por el Decreto Nº 2539/15, a la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que dicha transferencia se fundamenta en que la referida agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.

Que la presente transferencia conlleva la incorporación de la agente María Trinidad SASSO al escalafón del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que mediante la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nº 1/23 se aprobó la incorporación de la citada agente a un cargo Nivel D - Grado 5, Agrupamiento General, Tramo General, asignándosele el Suplemento por Capacitación Terciaria del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que, en razón de lo expuesto, corresponde disponer la citada transferencia y la incorporación de la señora SASSO al escalafón aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico para la agente mencionada, quien ha prestado conformidad a la presente transferencia.

Que han tomado la intervención de su competencia los servicios jurídicos permanentes de las Jurisdicciones involucradas.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b), apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese, a partir del dictado de la presente medida, de la planta permanente de la DIRECCIÓN GENERAL DE LÍNEAS AÉREAS DEL ESTADO del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, organismo desconcentrado dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, a la agente María Trinidad SASSO (D.N.I. Nº 34.263.281), Nivel V - Grado 5, Tramo General, Agrupamiento Administrativo del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA - EX IOSE), homologado por el Decreto Nº 2539/15, a la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel D - Grado 5, Agrupamiento General, Tramo General, asignándole el Suplemento por Capacitación Terciaria del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1° de la presente medida se realizará con cargo a los créditos presupuestarios del Organismo de origen.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Jorge Enrique Taiana - Victoria Tolosa Paz

e. 22/08/2023 N° 65359/23 v. 22/08/2023

Fecha de publicación 22/08/2023