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12 de Junio de 1987

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Resolución 225/2023

RESOL-2023-225-APN-MOP

Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-81744183-APN-DGD#MOP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado N° 438/92) y sus modificaciones, el Decreto N° 50 de fecha 20 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y las Resoluciones Nros. 31 y 32, ambas de fecha 5 de mayo de 2020, 343 de fecha 5 de octubre de 2022 y su modificatoria, todas del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado N° 438/92) y sus modificaciones, compete al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a la política de obras públicas y a la política hídrica nacional, así como también entender en el diseño y ejecución de planes y programas relativos a obras públicas e infraestructura a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal y en el control de su cumplimiento.

Que resulta un eje central del Gobierno Nacional, trabajar en el fortalecimiento continuo de las instituciones de la República, promoviendo la transparencia y la eficiencia en el gasto en todos los ámbitos donde desarrolla su actividad, mejorando el acceso a la información, incrementando la participación y control ciudadano en las decisiones públicas y promoviendo la adopción de nuevas tecnologías, a fin de fortalecer las instituciones democráticas, dotarlas de mayor legitimidad y confianza pública.

Que en esa línea, por la Resolución N° 31 de fecha 5 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se creó el OBSERVATORIO DE LA OBRA PÚBLICA en el ámbito de esta Cartera Ministerial, como un espacio de participación interinstitucional destinado a contribuir a la evaluación y mejora continua del marco normativo, de las prácticas, herramientas y procedimientos de planificación, así como de la contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas que lleve adelante el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, sus entes descentralizados y empresas.

Que, por su parte, mediante la Resolución N° 32 de fecha 5 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se aprobó el “Programa de Fortalecimiento Institucional, Integridad y Transparencia del Ministerio de Obras Públicas”, estableciéndose como una prioridad del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS avanzar en el diseño y puesta en marcha de medidas concretas que permitan la implementación de buenas prácticas, modelos institucionales y herramientas tecnológicas en materia de planificación, contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas, propiciando la transparencia y el ejercicio del control ciudadano, conforme a los más altos estándares nacionales e internacionales en la materia.

Que en el entendimiento de que la cooperación y la coordinación de esfuerzos con los gobiernos provinciales y locales (municipios y comunas) que ejecutan obra pública resultan esenciales para optimizar el uso de los recursos públicos a través de la promoción de políticas que mejoren la calidad institucional, la integridad y la transparencia e impulsen aquellas buenas prácticas que tiendan a su realización efectiva, a través de la Resolución N° 343 del 5 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, se convocó a la presentación de propuestas para el “Premio Nacional a la Participación y el Control Ciudadano en la Obra Pública para Gobiernos Provinciales y Locales”, con alcance federal, a fin de reconocer e incentivar experiencias de participación y control ciudadano en la Obra Pública promovidas por los gobiernos provinciales y locales (municipios y comunas) y vinculadas a obras financiadas por este Ministerio.

Que en la citada Resolución se aprobaron las Bases y Condiciones del Premio (Anexo I - IF-2022-103895206-APN-DNT#MOP), los Criterios de Evaluación y Calificación de las Experiencias (Anexo II - IF-2022-105869544-APN-DNT#MOP) y el Modelo de Ficha de Postulación (Anexo III - IF-2022-103895643-APN-DNT#MOP); asimismo, se designaron a los miembros del Comité Evaluador del Premio convocado, propuestos por el OBSERVATORIO DE LA OBRA PÚBLICA.

Que mediante la Resolución N° 441 de fecha 27 de diciembre de 2022 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se modificaron las fechas previstas para la postulación de experiencias, su evaluación y para la publicación de resultados y entrega de premios, con el objeto de ampliar las instancias y mecanismos para su difusión, incrementar la participación de los gobiernos provinciales y locales y sumar nuevas experiencias representativas del carácter federal.

Que se presentaron un total de VEINTITRÉS (23) experiencias, las cuales fueron valoradas por el Comité Evaluador del Premio, según los criterios establecidos en el Anexo II de la resolución de convocatoria, determinándose las iniciativas ganadoras del “Premio Nacional a la Participación y el Control Ciudadano en la Obra Pública para Gobiernos Provinciales y Locales” que se detallan en el Acta incorporada como Anexo I de la presente medida.

Que dichas experiencias serán reconocidas con la entrega de un Diploma al Mérito, un espacio destacado en el “Banco de Experiencias de Participación y Control Ciudadano en la Obra Pública” y la inclusión en una publicación digital de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA tomó intervención en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello:

El MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la nómina de experiencias ganadoras del “Premio Nacional a la Participación y el Control Ciudadano en la Obra Pública para Gobiernos Provinciales y Locales” que se detalla en el Anexo I (IF-2023-83299702-APN-DNIYT#MOP),que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2°.- Instrúyese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, para que arbitre las medidas necesarias con el objeto de reconocer a las experiencias incluidas en el Anexo I (IF-2023-83299702-APN-DNIYT#MOP) de conformidad con lo establecido en las Bases y Condiciones del Premio, aprobadas por la Resolución N° 343 del 5 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gabriel Nicolás Katopodis

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/08/2023 N° 65335/23 v. 22/08/2023

Fecha de publicación 22/08/2023