Edición del
14 de Agosto de 2012

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

EDICTO DE NOTIFICACIÓN (art.42 del DEC.1759/72)

Notifíquese a “RADIO HOPE” que en el expediente EX-2022-87798621- APN-SDYME#ENACOM, se ha dictado la RESOL-2023- 1119-APN-ENACOM#JGM, de fecha 15/8/2023 -ACTA 90-, que en su parte resolutiva dice:

ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “RADIO HOPE”, que emite en la frecuencia 90.3 MHz, desde el domicilio de estudios sito en la calle Humberto Primo N° 16 y planta transmisora en calle Islas Malvinas S/N°, entre calles M. Curie y Avenida La Plata, ambos de la localidad de QUILMES, provincia de BUENOS AIRES. ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2°, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente del Ente Nacional de Comunicaciones.

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 18/08/2023 N° 64649/23 v. 23/08/2023

Fecha de publicación 22/08/2023