Edición del
4 de Septiembre de 2018

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 262/2023

RESOL-2023-262-APN-INPI#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2023

VISTO el EX 2018-54053458- -APN-DO#INPI del registro de este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, la Resolución INPI Nº P-268 de fecha 26 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución INPI Nro P-268/19 el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) formalizó la adscripción al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI), organismo supranacional del cual nuestro país es Miembro, a los efectos de acreditar el depósito anterior de una solicitud de cualquier derecho de propiedad industrial, con el objeto de acogerse y/o reclamar el derecho de prioridad proveniente del artículo 4 del Convenio Unión de París, en nuestra jurisdicción, u otra jurisdicción cuando la nuestra sea el país de primer depósito.

Que la citada resolución estableció, en una primera oportunidad, la adhesión al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI) solamente para las solicitudes de Patente de Invención y Modelos de Utilidad.

Que a su vez, la adscripción se realizó en dos etapas, la primera de ellas, a partir del 1 de octubre de 2019, como oficina de acceso para realizar la verificación correspondiente, de que en aquél servicio se encuentra alojado el Documento de Prioridad emitido por la jurisdicción anterior y, la segunda de ellas, a partir del día 2 de marzo de 2020, actuando este Instituto como Oficina Depositante, alojando en dicho servicio el Documento de Prioridad que aquí se emita, para que sea constatado en otra jurisdicción.

Que, si bien en una primera etapa, la Resolución INPI Nro P-268/19 norma dictada sólo contempló la adhesión para las solicitudes de Patente de Invención y Modelos de Utilidad, corresponde en esta oportunidad y, teniendo en cuenta el avance significativo de la iniciativa para quienes tramitan derechos de propiedad industrial por ante este Instituto, sumar al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI) las solicitudes de marcas comerciales y las de modelos y diseños industriales.

Que este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) ya ha efectuado la comunicación al organismo supranacional por la cual se formalizó la adscripción al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI), para las solicitudes de Marcas Comerciales y las solicitudes de Modelos y Diseños Industriales.

Que, oportunamente, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MARCAS y la DIRECCION DE MODELOS y DISEÑOS INDUSTRIALES prestaron su conformidad a la adhesión al SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD (DAS) -ver reglón 24 la Dirección Nacional de Marcas y renglón 29 la Dirección de Modelos y Diseños Industriales-, aunque luego este por una cuestión operativa se circunscribió sólo a la Administración Nacional de Patentes por el volumen de sus documentos de prioridad.

Que, en virtud del tiempo transcurrido han tomado nuevamente la intervención que les compete reafirmando su adscripción al servicio mediante Informes Nº IF-2023-94809768-APN-DMYDI#MEC y Nº IF-2023-94825416-APN-DNM#INPI, respectivamente.

Que la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DIGITAL E INFORMACIÓN TECNOLÓGICA, y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES, han tomado la intervención que les compete.

Que la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL resulta competente para suscribir el proyecto analizado, en función de las previsiones de los artículos 92, inciso c) de los Anexo I y II al Decreto N° 260 de fecha 20 de marzo de 1996.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º - Sustitúyase el Artículo 2º de la Resolución INPI Nro. P-268/19 por el siguiente: “Desde el día 1 de Octubre del Año 2019, se encontrará disponible para los solicitantes, en una primera etapa para las Solicitudes de Patente de Invención y Modelos de Utilidad y, en una segunda etapa, desde el día 1 de Septiembre de 2023 para las solicitudes de Marcas Comerciales y las solicitudes de Modelos y Diseños Industriales, el SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI), actuando este Instituto como Oficina con Derecho a Acceso para realizar la verificación correspondiente, de que en aquél servicio se encuentra alojado el Documento de Prioridad emitido por la jurisdicción anterior.”

ARTICULO 2º - Sustitúyase el Artículo 3º de la Resolución INPI Nro. P-268/19 por el siguiente: “Desde el día 2 de Marzo del Año 2020, se encontrará disponible para los solicitantes, en una primera etapa para las Solicitudes de Patente de Invención y Modelos de Utilidad y, en una segunda etapa, desde el día 1 de Noviembre de 2023 para las solicitudes de Marcas Comerciales y las solicitudes de Modelos y Diseños Industriales, el SERVICIO DE ACCESO DIGITAL PARA DOCUMENTOS DE PRIORIDAD, administrado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI), actuando este Instituto como Oficina Depositante, alojando en dicho servicio el Documento de Prioridad que aquí se emita, para que sea constatado en otra jurisdicción.”

ARTICULO 3º - Sustitúyase el Artículo 6º de la Resolución INPI Nro. P-268/19 por el siguiente: “Deléguense en la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE PATENTES, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MARCAS y, la DIRECCIÓN DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES, la facultad de dictar normativa complementaria de carácter operativo, para la puesta en marcha del servicio digital.”

ARTICULO 4º - Regístrese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por un (1) día en el Boletín Oficial, publíquese en los Boletines de Marcas y de Patentes, en la página Web de ese Instituto, y archìvese.

Mónica Noemí Gay

e. 23/08/2023 N° 65819/23 v. 23/08/2023

Fecha de publicación 23/08/2023