BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7824/2023
17/08/2023
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: CONAU 1-1598, REMON 1-1096. Mecanismo de supervisión del servicio de Banca por Internet y/o Banca Móvil. Apertura de cuentas a nombre del BCRA. Su discontinuidad.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“- Dejar sin efecto las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A” 6350. Atento a ello, dentro del plazo de 30 días corridos desde la fecha de difusión de esta comunicación, se procederá al cierre de las cuentas creadas en ese marco y al recupero de los fondos depositados mediante el débito de los respectivos saldos desde las cuentas corrientes abiertas por las entidades financieras en esta Institución.”
Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre “Efectivo mínimo”. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 23/08/2023 N° 65933/23 v. 23/08/2023
Fecha de publicación 23/08/2023