SERVICIO EXTERIOR
Decreto 432/2023
DCTO-2023-432-APN-PTE - Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Eslovaca.
Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-77078485-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, el Decreto N° 6 del 5 de enero de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 6/23 se dispuso el traslado desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE AUSTRIA del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Holger Federico MARTINSEN y se lo designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en dicho país.
Que, oportunamente, el Gobierno de la REPÚBLICA ESLOVACA concedió el plácet de estilo para la designación del citado funcionario como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho Estado.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA ESLOVACA al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Holger Federico MARTINSEN (D.N.I. N° 14.614.135), sin perjuicio de sus actuales funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE AUSTRIA.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Santiago Andrés Cafiero
e. 24/08/2023 N° 66651/23 v. 24/08/2023
Fecha de publicación 24/08/2023