Edición del
26 de Julio de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

Resolución 1110/2023

RESOL-2023-1110-INSSJP-DE#INSSJP

Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-114744626- -INSSJP-GESP#INSSJP, la Ley Nº 19.032 y su modificatoria, la Resolución Nº RESOL-2022-1127-INSSJP-DE#INSSJP, sus modificatorias y complementarias, las Disposiciones Nº DI-2023-216-INSSJP-GAD#INSSJP y Nº DI-2023-20-INSSJP-SE#INSSJP, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley Nº 19.032, de conformidad con las modificaciones introducidas por su similar Nº 25.615, asignó al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS el carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, con individualidad financiera y administrativa con el objeto principal de brindar la prestación, por si o por intermedio de terceros, a las personas jubiladas y pensionadas del régimen nacional de previsión y a su grupo familiar primario, de servicios médico asistenciales destinados al fomento, protección y recuperación de la salud.

Que, en virtud de las competencias atribuidas al Directorio Ejecutivo Nacional del INSSJP, en especial por el artículo 6º de la Ley Nº 19.032 y modificaciones introducidas por su similar Nº 25.615, y el artículo 3º del Decreto Nº 02/04-PEN, el Órgano Ejecutivo posee plenas facultades para dictar las normas necesarias para la adecuada administración y funcionamiento del organismo.

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la adquisición, instalación, configuración, capacitación y puesta en marcha de un sistema de Almacenamiento y Comunicación de Imágenes Médicas (PACS) y un Sistema de Información Radiológica (RIS), para los Efectores Sanitarios del Instituto, incluyendo servicio de monitoreo remoto, post venta y mantenimiento por el término de dos (2) años.

Que, a tal efecto, por Disposición Nº DI-2023-216-INSSJP-GAD#INSSJP se autorizó a efectuar un llamado a Licitación Pública con el mencionado objeto, en los términos establecidos por los artículos 38º inciso a), 40º inciso 1), 45º incisos 1) y 2), y 46º incisos 1) y 6) del Reglamento de Compras y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº RESOL-2022-1127-INSSJP-DE#INSSJP, sus modificatorias y complementarias, y asimismo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos Nº PLIEG-2023-15376663-INSSJP-GAD#INSSJP para la contratación.

Que el llamado fue registrado por la SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, como Licitación Pública Nº 3/23, fijándose como fecha límite para la presentación y apertura de ofertas, el día 17 de marzo de 2023 a las 12:00 horas.

Que, con arreglo a lo previsto en los artículos 47º y 48º del Reglamento de Compras y Contrataciones vigente, la convocatoria a presentar ofertas fue debidamente publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina (Tercera Sección) los días 27 y 28 de febrero de 2023, como así también en la página web del Instituto, y asimismo, fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Portal de Proveedores del INSSJP.

Que, a efectos de modificar la fecha de apertura de ofertas, y ante la necesidad de responder consultas, realizar aclaraciones y modificaciones respecto al Pliego que rige la contratación, se emitieron las Circulares Modificatorias Nº 1, 2 y 3, siendo publicadas los días 3 de marzo, 31 de marzo, y 5 de abril de 2023, respectivamente, en el Boletín Oficial de la República Argentina (Tercera Sección), las cuales fueron comunicadas por correo electrónico a las empresas invitadas, así como también fueron publicadas en la página web del Instituto, fijándose en cada caso como nueva fecha para la presentación y apertura de ofertas el día 5 de abril de 2023 a las 12:00 horas, luego el día 12 de abril de 2023 a las 12:00 horas, y finalmente el día 19 de abril de 2023 a las 12:00 horas.

Que según surge del Acta de Apertura se presentaron cuatro (4) oferentes, a saber: EURO SWISS S.A. (C.U.I.T. 30-70895389-6), TECHNOLOGY BUREAU S.A. (C.U.I.T. 30-64647964-5), DEDALUS ARGENTINA S.R.L. (C.U.I.T. 30-70967414-1), y TECNOIMAGEN S.A. (C.U.I.T. 33-70704423-9).

Que por Disposición Nº DI-2023-20-INSSJP-SE#INSSJP se designó a las personas integrantes de la COMISIÓN EVALUADORA correspondiente a la Licitación Pública Nº 3/23.

Que, habiendo detectado incumplimientos subsanables, y a los fines de no restringir el principio de concurrencia de ofertas en consonancia con lo establecido por el artículo 43º del Pliego de Bases y Condiciones Generales, la mencionada COMISIÓN procedió a comunicar a los oferentes EURO SWISS S.A. y TECNOIMAGEN S.A. los distintos puntos que merecían aclaración y/o subsanación.

Que, preliminarmente a la evaluación formal definitiva, la citada COMISIÓN efectuó el análisis técnico de las ofertas presentadas.

Que habiéndose realizado el análisis de los requisitos formales, técnicos y económicos correspondientes, la COMISIÓN EVALUADORA actuante manifestó que las ofertas presentadas por las firmas EURO SWISS S.A. (C.U.I.T. 30-70895389-6), y TECNOIMAGEN S.A. (C.U.I.T. 33-70704423-9), cumplen con las especificaciones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos, por lo que corresponde declararlas admisibles.

Que, asimismo, respecto a las ofertas presentadas por las firmas TECHNOLOGY BUREAU S.A. (C.U.I.T. 30-64647964-5), y DEDALUS ARGENTINA S.R.L. (C.U.I.T. 30-70967414-1), la citada COMISIÓN informó que no se ajustan técnicamente a lo requerido en el Pliego que rige la contratación, por lo que corresponde declararlas inadmisibles.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde adjudicar la Licitación Pública Nº 3/23 a la firma TECNOIMAGEN S.A. (C.U.I.T. 33-70704423-9), por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 08/100 (U$D 1.568.465,08), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y pasa a formar parte integrante de la presente.

Que el DEPARTAMENTO DE APOYO A COMISIONES EVALUADORAS dependiente de la SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA, la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SINDICATURA GENERAL DEL INSTITUTO han tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6º de la Ley Nº 19.032 y sus modificatorias, por los artículos 2º y 3º del Decreto PEN Nº 02/04, y el artículo 1º del Decreto Nº DECFO-2019-31-APN-SLYT,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento realizado en el marco de la Licitación Pública Nº 3/23, para la adquisición, instalación, configuración, capacitación y puesta en marcha de un sistema de Almacenamiento y Comunicación de Imágenes Médicas (PACS) y un Sistema de Información Radiológica (RIS), para los Efectores Sanitarios del Instituto, incluyendo servicio de monitoreo remoto, post venta y mantenimiento por el término de dos (2) años.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles las ofertas presentadas por las firmas EURO SWISS S.A. (C.U.I.T. 30-70895389-6), y TECNOIMAGEN S.A. (C.U.I.T. 33-70704423-9) en la Licitación Pública Nº 3/23, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Declarar inadmisibles las ofertas presentadas por las firmas TECHNOLOGY BUREAU S.A. (C.U.I.T. 30-64647964-5), y DEDALUS ARGENTINA S.R.L. (C.U.I.T. 30-70967414-1) en la Licitación Pública Nº 3/23, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 4º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 3/23 a la firma TECNOIMAGEN S.A. (C.U.I.T. 33-70704423-9), por un monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 08/100 (U$D 1.568.465,08), conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega como IF-2023-98170401-INSSJP-DE#INSSJP, y pasa a formar parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 5º.- Autorizar a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN a emitir la correspondiente Orden de Compra a favor de la empresa adjudicataria, facultándola a disponer su libramiento al solo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme lo dispuesto en el artículo precedente.

ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar, notificar, publicar excepcionalmente en el Boletín Oficial de la República Argentina y, oportunamente, publicar en el Boletin del Instituto. Cumplido, proceder a su archivo.

Luana Volnovich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/08/2023 N° 66587/23 v. 25/08/2023

Fecha de publicación 25/08/2023