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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 487/2023

RESOL-2023-487-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2023

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la solicitud de Permiso Individual presentada por la DOCTORA Ana Cristina ZARLENGA, lo actuado en el Expediente N° 02794-IN, Actuación 07, y en el Expediente Electrónico N° 72642965/23 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que la DOCTORA Ana Cristina ZARLENGA ha solicitado a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) la renovación de sus Permisos Individuales para “USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS”, para “USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES” y para “USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN INSTITUCIONES DE MEDICINA NUCLEAR, SOLUCIONES, MOLÉCULAS MARCADAS Y COLOIDES EN TERAPIA”.

Que, conforme surge del Estado de Deuda adjuntado al Documento Electrónico N° 2023-71725386 de la GERENCIA GENERAL de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), se adeuda la factura N°0001-00065600.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un Permiso Individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el citado Artículo 26, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.

Que la CNEA solicitó, mediante documento electrónico N° 71725386/23 de la GERENCIA GENERAL, que se autorice, con carácter de excepción, la prosecución del trámite de solicitud de la DOCTORA Ana Cristina ZARLENGA.

Que la solicitante se desempeña en el Servicio de Medicina Nuclear del INSTITUTO DE ONCOLOGÍA “ANGEL H. ROFFO”, por lo que resulta de interés público el otorgamiento de los Permisos Individuales solicitados, a fin de no interrumpir el servicio prestado por dicho Servicio, razón por la cual se motiva la continuidad del trámite, permitiendo que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del Permiso Individual.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS recomienda dar curso favorable al trámite de solicitud de renovación del Permiso Individual, por cuanto ha verificado que la solicitante posee la formación, la capacitación y el entrenamiento requeridos para la obtención del citado Permiso.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), en su Reunión N° 5/23, Listado 1013, Aplicaciones Médicas, recomendó dar curso favorable al trámite mencionado.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 16 de agosto de 2023 (Acta N° 33),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar, en carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la renovación de los Permisos Individuales de la DOCTORA Ana Cristina ZARLENGA, correspondiente a la Reunión del CAAR N° 5/23, Listado 1013, Aplicaciones Médicas, detallados a continuación:

Expediente N° Permisos Individuales RenovadosPropósitoActuación N° 
02794-INZARLENGA, ANA CRISTINA3.1 USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS07
02794-INZARLENGA, ANA CRISTINA3.2.1-3.2.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES07
02794-INZARLENGA, ANA CRISTINA3.2.3-USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN INSTITUCIONES DE MEDICINA NUCLEAR, SOLUCIONES, MOLÉCULAS MARCADAS Y COLOIDES EN TERAPIA07

ARTÍCULO 2°.- Autorizar que, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA realice el pago con posterioridad al otorgamiento de la renovación de los Permisos Individuales, aplicándose los intereses punitorios establecidos en dicho Artículo.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS y notifíquese a la DOCTORA Ana Cristina ZARLENGA. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

e. 28/08/2023 N° 67074/23 v. 28/08/2023

Fecha de publicación 28/08/2023