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25 de Febrero de 1969

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 1708/2023

RESOL-2023-1708-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2023

VISTO el EX-2020-53177145-APN-SAC#SSS, las Leyes Nº 23.660 y sus modificatorias, Nº 23.661 y sus modificatorias, el Decreto N° 1063 del 30 de diciembre de 2020 y las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nº 3496 del 6 de diciembre de 2021, Nº 1346 del 11 de julio de 2022 y Nº 460 del 16 de marzo de 2023; y

CONSIDERANDO:

Que por DCTO-2020-1063-APN-PTE el Poder Ejecutivo Nacional intervino -por el término de CIENTO OCHENTA (180) días- la OBRA SOCIAL DEL SINDICATO ÚNICO DE RECOLECTORES DE RESIDUOS Y BARRIDO DE CÓRDOBA O.S.S.U.R.R.Ba.C. (R.N.O.S. N° 1-2820-1), designando al doctor Jorge Antonio REMIGIO (D.N.I. Nº 12.509.409) en el cargo de Interventor.

Que dicha medida fue adoptada en cumplimiento de la manda judicial notificada por el Juzgado Federal N° 1 de la Ciudad de Córdoba, Secretaría Penal a cargo del Dr. Facundo TRONCOSO, en autos “SAILLEN, JULIO MAURICIO Y OTROS s/DEFRAUDACIÓN POR ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA Y OTROS (Expte. FCB N° 100016/2018/33)”, que en su pronunciamiento de fecha 16 de Julio de 2020, dispuso la inmediata intervención de O.S.S.U.R.R.Ba.C., con la finalidad de lograr la normalización de la entidad.

Que posteriormente, en virtud de sendos requerimientos judiciales y con sustento en el artículo 1º del citado Decreto que lo faculta para ello, el Ministerio de Salud prorrogó el plazo inicial de la intervención, sucesivamente, mediante el dictado de las Resoluciones Nº RESOL-2021-3496-APN-MS, Nº RESOL-2022-1346-APN-MS y Nº RESOL-2023-460-APN-MS; ratificándose en el cargo al doctor Jorge Antonio REMIGIO (D.N.I. Nº 12.509.409).

Que, mediante Oficio Judicial, el ya referido Juzgado Federal N° 1 de la Ciudad de Córdoba, Secretaría Penal a cargo del Dr. Facundo TRONCOSO, notifica a este Organismo el pronunciamiento recaído -con fecha 28 de agosto de 2023- en el “Legajo de Actuaciones Complementarias en Autos: SAILLEN, JULIO MAURICIO Y OTROS s/DEFRAUDACIÓN POR ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA Y OTROS (Expte. FCB N° 100016/2018/33)”.

Que la manda judicial resuelve requerirle al Ministerio de Salud que disponga el cese de la función de interventor de O.S.S.U.R.R.Ba.C. del doctor Jorge Antonio REMIGIO, designando en consecuencia, un nuevo interventor para ocupar dicho cargo.

Que, frente a los términos de este último requerimiento judicial, que no puede ser desoído por esta Superintendencia, corresponde llevar adelante el procedimiento legal a fin de instrumentar la designación de un nuevo interventor en el citado Agente del Seguro de Salud, siendo atribución del Poder Ejecutivo Nacional la emisión del Decreto de estilo, conforme inciso c) del artículo 28 de la Ley Nº 23.660.

Que, en este orden, hasta tanto se perfeccionen las diligencias propias de dicho procedimiento y frente al cese dispuesto en sede judicial de las funciones del doctor Jorge Antonio REMIGIO (D.N.I. Nº 12.509.409), como Interventor de O.S.S.U.R.R.Ba.C., se estima procedente la designación de un Administrador Provisorio en la Obra Social, a fin de preservar la cobertura médico asistencial de su población beneficiaria, siendo éste el objetivo primordial a resguardar por parte de este Organismo.

Que la medida a adoptar encuentra sustento en el inciso 3º del artículo 27 de la Ley N° 23.660, en cuanto prevé la atribución de esta Superintendencia de instrumentar “…mecanismos sumarios para asegurar las prestaciones de salud garantizadas por la ley del Sistema Nacional del Seguro de Salud”.

Que el Administrador Provisorio contará con las facultades de administración y ejecución que el Estatuto del Agente del Seguro de Salud le otorga al Consejo Directivo de la entidad; debiendo informar a este Organismo sobre su gestión, tendiente a la normalización institucional de la Obra social.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y a Gerencia General han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 307 de fecha 7 de mayo de 2021.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase al doctor Fernando Daniel LUQUE MARIÑO (D.N.I. Nº 29.769.731), como Administrador Provisorio de la OBRA SOCIAL DEL SINDICATO ÚNICO DE RECOLECTORES DE RESIDUOS Y BARRIDO DE CÓRDOBA - O.S.S.U.R.R.Ba.C., (R.N.O.S. N° 1-2820-1); hasta tanto el Poder Ejecutivo Nacional, dicte el Decreto designándolo Interventor del Agente del Seguro de Salud, en cumplimiento de la manda judicial que dispuso el cese de funciones de su antecesor el doctor Jorge Antonio REMIGIO (D.N.I. Nº 12.509.409).

ARTÍCULO 2º.- El Administrador Provisorio contará con las facultades de administración y ejecución que el Estatuto del Agente del Seguro de Salud le otorga al Consejo Directivo de la Obra Social; debiendo informar a este Organismo sobre su gestión, tendiente a la normalización de la entidad.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a los doctores Jorge Antonio REMIGIO (D.N.I. Nº 12.509.409), Fernando Daniel LUQUE MARIÑO (D.N.I. Nº 29.769.731), a la OBRA SOCIAL DEL SINDICATO ÚNICO DE RECOLECTORES DE RESIDUOS Y BARRIDO DE CÓRDOBA - O.S.S.U.R.R.Ba.C. (R.N.O.S. N° 1-2820-1) y al Juzgado Federal N° 1 de la Ciudad de Córdoba, Secretaría Penal a cargo del Dr. Facundo TRONCOSO, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y, oportunamente archívese.

Daniel Alejandro Lopez

e. 30/08/2023 N° 68010/23 v. 30/08/2023

Fecha de publicación 30/08/2023