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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 630/2023

Resolución RESOL-2023-630-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1882

Expediente EX-2023-96118033-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 30 de AGOSTO de 2023

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Ratificar las Notas Nº NO-2022-58218573-APN-AAYANR#ENRE; NO-2022-58219883-APNAAYANR#ENRE; NO-2022-61342249-APN-AAYANR#ENRE; NO-2022-62881750-APN-AAYANR#ENRE; NO-2022-62880484-APN-AAYANR#ENRE; NO-2022-85351165-APN-AAYANR#ENRE; NO-2022- 100359579-APN-ENRE#MEC; NO-2022-100359355-APN-ENRE#MEC; NO-2022-103566332-APNENRE#MEC; NO-2022-103375126-APN-ENRE#MEC; NO-2022-135482011-APN-ENRE#MEC; NO-2022- 135481584-APN-ENRE#MEC; NO-2023-04805131-APN-ENRE#MEC; NO-2023-04805230-APNENRE#MEC; NO-2023-14006539-APN-AAYANR#ENRE; NO-2023-13888570-APN-AAYANR#ENRE; NO2023-34755946-APN-DDCEE#ENRE; NO-2023-34755809-APN-DDCEE#ENRE; NO-2023-74824499-APNAAYANR#ENRE, las que como Anexo (IF-96316023-APN-AAYANR#ENRE) forman parte integrante de la presente. 2.- Instruir a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) para que elaboren un resumen de los alcances de la presente medida en lenguaje claro, a los fines de su difusión en sus páginas web, locales comerciales y en medios de difusión y prensa, el cual deberá ser presentado a este Ente Nacional, en un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente de la notificación de este acto, para su aprobación. 3.- Instruir a la Unidad de Relaciones Institucionales (URI) del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) para que implemente una adecuada difusión de la presente, a fin de promover el conocimiento general de la misma por la página web de este organismo y por los medios que oportunamente se dispongan. 4.- Hacer saber a EDENOR S.A. y EDESUR S.A. que la presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al de su notificación: a) Por la vía del recurso de reconsideración, conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también; b) En forma subsidiaria o alternativa, por la vía del recurso de alzada previsto en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065 y en el artículo 94 del citado reglamento, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos y; c) Mediante el recurso directo por ante la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, previsto en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 5.- Poner en conocimiento el dictado de la presente medida al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y a los municipios de las áreas de concesión de EDENOR S.A. y EDESUR S.A. 6.- Notifíquese a EDENOR S.A., a EDESUR S.A., a la SECRETARÍA DE ENERGÍA, a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA de la Provincia de BUENOS AIRES, a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN, a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y a la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativa, Secretaria del Directorio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/09/2023 N° 68951/23 v. 01/09/2023

Fecha de publicación 01/09/2023