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30 de Mayo de 2019

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Primera sección


SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Y MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución Conjunta 38/2023

RESFC-2023-38-APN-MD

Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-138513462-APN-DPRRHH#MD del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA - ex IOSE), homologado por el Decreto N° 2539 del 24 de noviembre de 2015 y su modificatorio, el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38 del 16 de marzo de 2010 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante los Expedientes Nros. EX-2021-67709865- -APN-DPRRHH#MD, EX-2022-35441254- -APN- DPRRHH#MD, EX-2018-54856332- -APN-DPC#EA y EX-2022-73727406- -APN-DPRRHH#MD, tramitan las transferencias de distintos agentes de las Fuerzas Armadas que revisten en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Leyes Nros. 20.239 y 17.409) y Personal del INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IOSFA - EX IOSE), homologado por el Decreto N° 2539 del 24 de noviembre de 2015 y su modificatorio, a la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que, atento lo indicado por la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta de aplicación de forma previa o simultánea a las transferencias en curso dar cumplimiento al procedimiento para la incorporación del personal permanente comprendido en otros escalafones en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38 del 16 de marzo de 2010 y sus modificatorios.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece en su artículo 25 que el personal que se incorpore a ese régimen de carrera en los términos de los supuestos contemplados en la última frase del artículo 41 o en el artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo General deberá ser ubicado en el nivel escalafonario del Agrupamiento que corresponda con la función o puesto para el que hubiera sido seleccionado bajo el ordenamiento de origen, siendo equiparado al grado que resultara del cómputo de la antigüedad acumulada en los términos del inciso b) del artículo 134 del Convenio Colectivo de Trabajo General.

Que, por su parte, el citado convenio dispone en su artículo 88 que el Suplemento por Capacitación Terciaria será percibido por el personal comprendido en el Agrupamiento General con título terciario reconocido oficialmente a nivel nacional de carreras de duración no inferior DOS (2) años que, revistando en los niveles A, B, C o D, desarrollen funciones propias o inherentes a las incumbencias del título.

Que, de acuerdo con lo previsto por el Anexo I de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10 y su modificatoria, el titular del MINISTERIO DE DEFENSA ha remitido a la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, la propuesta de incorporación y de asignación del Suplemento por Capacitación Terciaria en los casos que corresponda, del personal civil que revista en la planta permanente de las Fuerzas Armadas, organismos desconcentrados en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que han ejercido las veedurías que les competen las entidades sindicales respectivas, según consta en las Actas y presentaciones glosadas en el Expediente citado en el Visto.

Que la propuesta de incorporación y de asignación del Suplemento por Capacitación Terciaria en los casos que corresponda, del personal en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) cumple con las pautas establecidas en los artículos 25 y 88 del mencionado Sistema.

Que se ha verificado la propuesta de incorporación, sometida a la veeduría de las entidades sindicales signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), mediante acta.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA, ambas de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.

Que los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE DEFENSA y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10 y su modificatoria.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Y

EL MINISTRO DE DEFENSA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la incorporación del Personal Civil de las Fuerzas Armadas, al escalafón del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de conformidad con el detalle consignado en el Anexo I IF-2023-46870396-APN-DPRRHH#MD, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la asignación del Suplemento por Capacitación Terciaria previsto en el artículo 88 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, a los Agentes Civiles de las Fuerzas Armadas que como Anexo II IF-2023-46873864-APN-DPRRHH#MD forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Lo resuelto en el artículo 1° de la presente medida, se hará efectivo una vez aprobadas por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, las transferencias impulsadas en los términos del artículo 15, inciso b), apartado IV del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ana Gabriela Castellani - Jorge Enrique Taiana

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/09/2023 N° 70622/23 v. 06/09/2023

Fecha de publicación 06/09/2023