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ACUERDOS

Decreto 457/2023

DCTO-2023-457-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-61843650-APN-DALSP#MT, la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N° 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional N° 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto N° 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego, homologado por el Decreto N° 192 del 23 de marzo de 2021 y sus modificatorios, y las Actas Acuerdo de fechas 31 de mayo y 23 de junio, ambas de 2023, de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley N° 24.185 establece el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados y empleadas e instituye al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego, homologado por el Decreto N° 192/21 y sus modificatorios, y se suscribieron las Actas Acuerdo de fecha 31 de mayo de 2023, por la cual se pasó a un cuarto intermedio, y de fecha 23 de junio de 2023, por la que se declaró reabierto el acto.

Que las partes, en el marco previsto en el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, acordaron sustituir a partir del 1° de junio de 2023 la escala de unidades retributivas de Asignación Básica de la Categoría Escalafonaria establecida en el artículo 55 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego -homologado por Decreto N° 192/21- y su normativa complementaria y modificatoria, como, asimismo, sustituir a partir del 1° de junio de 2023, la escala de unidades retributivas del Adicional de Grado establecida en el artículo 56 del Convenio mencionado precedentemente, por las que quedan incorporadas a dicha Acta.

Que el mencionado Acuerdo cumple los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 24.185.

Que sobre el control de legalidad, cabe puntualizar que la Autoridad Administrativa de Aplicación tomó la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la referida Ley N° 24.185, su Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, segundo párrafo y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214/06.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO ha emitido el correspondiente dictamen, sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES (CoPAR), mediante su intervención, concluyó que las disposiciones contenidas en las Actas Acuerdo son compatibles con las previsiones del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que en atención a las prescripciones establecidas en el artículo 86 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de la Ley N° 24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos que surgen de dicha norma y de la Ley N° 18.753, deben tenerse por cumplidas las disposiciones del artículo 79 de la citada Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) con la suscripción de las Actas Acuerdo del 31 de mayo de 2023 y 23 de junio de 2023.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 14 de la Ley N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Homológanse las Actas Acuerdo de fechas 31 de mayo de 2023 y 23 de junio de 2023 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego, homologado por el Decreto N° 192/21 y sus modificatorios, que como ANEXO (IF-2023-79823258-APN-DNRYRT#MT) forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de las Actas Acuerdo que se homologan por el artículo 1° del presente serán a partir del 1° de junio de 2023 en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Raquel Cecilia Kismer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/09/2023 N° 71370/23 v. 07/09/2023

Fecha de publicación 07/09/2023