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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 609/2023

RESOL-2023-609-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2023

VISTO el expediente EX-2023-66574182-APN-UGA#MSG, la Ley Nº 22.520 de Ministerios (t.o. Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior, el Decreto N° 810 del 2 de diciembre de 2022, la Resolución Conjunta N° RESFC-2021-7-APN-MSG del 14 de junio de 2021 entre el Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones y este Ministerio de Seguridad de la Nación y el expediente EX 2022-105670948-APN-DCYC#MSG, y

CONSIDERANDO

Que compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN todo lo concerniente a la Seguridad Interior, la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático y en particular, la distribución de los recursos humanos, materiales y financieros con el fin de lograr los objetivos de lo prescripto por la Ley Nº 22.520 de Ministerios (artículo 22 bis).

Que la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior y sus modificatorias establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior, entendiéndose por tal la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que el esfuerzo nacional de policía constituye la acción coordinada de los medios y organismos que dispone el Estado Nacional y los Estados Provinciales, comprensiva de las previsiones para el empleo de cuerpos policiales y fuerzas de seguridad, a los fines del mantenimiento de la seguridad interior.

Que al MINISTERIO DE SEGURIDAD le compete ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que conforme lo establecido en el Decreto N° 810/22, la SECRETARIA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL tiene como objetivos, entre otros, “…Asistir al/a la Ministro/a en todo lo concerniente a la seguridad interior, y conducir el Sistema Policial y de Seguridad Federales con el objeto de impulsar políticas de investigación criminal y tomar medidas de prevención y conjuración de delitos complejos, narcotráfico, trata de personas, lavado de activos y demás delitos de índole federal, tendientes a la reducción de la comisión de delitos y violencias…”.

Que por la Resolución Conjunta N° RESFC-2021-7-APN-MSG entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN y el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, del 14 de junio de 2021, se dispuso la implementación del SERVICIO DE LOCALIZACIÓN AVANZADA DE LLAMADAS DE EMERGENCIA, originadas en los Servicios de Comunicaciones Móviles, arbitrando el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN las medidas necesarias a tal fin, e invitando a los Gobiernos de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de este Ministerio, a implementar en sus respectivos ámbitos el mencionado SERVICIO

DE LOCALIZACIÓN AVANZADA, para operar en todo el territorio nacional con la intención de que todas las Policías Provinciales y las Fuerzas de Seguridad Federales cuenten con tecnología moderna para beneficio de la seguridad pública en la REPÚBLICA ARGENTINA, implicando la adopción de este Sistema un salto cualitativo en materia de seguridad al geolocalizar las llamadas de emergencias, reduciendo tiempos y mejorando la eficacia y la eficiencia de su atención.

Que en consecuencia, este Ministerio instrumentó las medidas necesarias para adecuar la infraestructura del Sistema de Atención de Emergencias 911 Federal y garantizar el mantenimiento total del sistema y sus licencias de base, para adecuar el funcionamiento a los nuevos servicios ofrecidos y a aquellos a ofrecer.

Que la instalación y mantenimiento de dicha plataforma se hará en dependencias del edificio de la Superintendencia de Policía Científica de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.

Que con el propósito de contribuir a la implementación del Sistema de Atención de Emergencias 911 Federal como una red de nodos, es imprescindible determinar las definiciones, mecanismos y protocolos de asistencia y cooperación entre el nodo central y los nodos periféricos que se determinen.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que ha tomado intervención la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL a través de sus áreas competentes.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades contempladas en los artículos 4° inciso b), apartado 9 y 22° bis de la Ley N° 22.520 (t.o. 1992).

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los lineamientos para la generación de NODOS PERIFÉRICOS del SISTEMA DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS “SAE 911 FEDERAL-GIS” (“SAE 911 FEDERAL-GIS”), que obran como Anexo IF-2023-104166463-APN-SSYPC#MSG, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º.- La presente medida entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3 °.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/09/2023 N° 71022/23 v. 07/09/2023

Fecha de publicación 07/09/2023