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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Disposición 432/2023

DI-2023-432-APN-SSPYME#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 08/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-69152091- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros. 24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, el Decreto N° 10 de fecha 6 de enero de 2023, el Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, las Disposiciones Nros. 301 de fecha 17 de junio de 2023 y 340 de fecha 7 de julio de 2023, ambas de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 10 de fecha 6 de enero de 2023, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR, destinado a financiar el “PROGRAMA DE APOYO A MIPYMES PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL HACIA INDUSTRIA 4.0”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA MILLONES (USD 80.000.000).

Que por el Artículo 4º del citado decreto, se designó al MINISTERIO DE ECONOMÍA como Organismo Ejecutor del “PROGRAMA DE APOYO A MIPYMES PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL HACIA INDUSTRIA 4.0”, estableciendo que el mismo actuará a través de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del citado Ministerio e indicando que ésta última estará a cargo de la coordinación general del Programa y de la ejecución técnica del mismo y que quedará facultada para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para su ejecución.

Que por el artículo citado precedentemente se estableció que la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, estará a cargo, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, de la gestión administrativa, financiera, contable, presupuestaria y de las adquisiciones del Programa.

Que, mediante la Disposición N° 301 de fecha 17 de junio de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el Reglamento Operativo del “PROGRAMA DE APOYO A MIPYMES PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL HACIA INDUSTRIA 4.0”.

Que, por la Disposición N° 340 de fecha 7 de julio de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se convocó a la presentación de Proyectos de Desarrollo Empresarial (PDE) en el marco del Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR, destinado a financiar el “PROGRAMA DE APOYO A MIPYMES PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL HACIA INDUSTRIA 4.0”.

Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 3° de las “Bases y Condiciones” que rigen la convocatoria y que fueran aprobadas por la Disposición N° 340/23 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, las empresas solicitantes podrán presentar Proyectos de Desarrollo Empresarial (PDE) desde la publicación de las Bases y Condiciones en el Boletín Oficial, hasta las DIECIOCHO HORAS (18:00 hs.) del día número SESENTA (60) (en días corridos) desde la entrada en vigencia de la convocatoria o hasta la completa utilización de los recursos presupuestarios.

Que, como consecuencia de lo antedicho, el cierre de la convocatoria está previsto para el 7 de septiembre de 2023.

Que de acuerdo a lo manifestado por la Dirección de Políticas PyME mediante Informe IF-2023-7103893632-APN-DNGYPP#MDP, el que fuera ratificado por la Dirección Nacional de Gestión y Política Pyme mediante IF-2023-104076697-APN-DNGYPP#MDP, a la fecha han ingresado formalmente al Programa la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE (59) proyectos.

Que a los fines de incentivar e incrementar el ingreso de proyectos de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), en el entendimiento de que insume un tiempo considerable a las MiPyMEs la elaboración de los proyectos a presentar, que persisten las circunstancias que ameritan continuar acompañándolas, y que se encuentra próximo a vencer el plazo de vigencia de la convocatoria, se estima conveniente su prórroga por TREINTA (30) días corridos.

Que, por otro lado, corresponde realizar adecuaciones al Artículo 24 del “Anexo Bases y Condiciones” aprobado por el Artículo 2° de la Disposición N° 340/23 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, atento haberse incurrido en un error material involuntario en relación a la fecha de la documentación respaldatoria de las operaciones. El actual Artículo 24 indica que la misma debe contar con fecha posterior a la notificación de la aprobación del Proyecto de Desarrollo Empresarial (PDE), cuando corresponde que haga referencia a que la documentación debe contar con fecha posterior a la presentación del proyecto en la plataforma DNA2, tal como surge de los Artículos 9° y 16 de las mencionadas Bases y Condiciones.

Que, como consecuencia de lo antedicho, se estima conveniente sustituir el “Anexo Bases y Condiciones” aprobado por el Artículo 2° de la disposición mencionada en el considerando inmediato anterior por una versión actualizada que contemple la adecuación precitada.

Que por medio de la Nota N° CSC/CAR-2255/2023 de fecha 4 de septiembre de 2023 (IF-2023-103850316-APN-SSPYME#MEC), el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), manifestó su “No Objeción” para prorrogar la citada convocatoria y proceder a realizar la adecuación correspondiente en relación al error material involuntario descrito anteriormente.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 4º del Decreto N° 10/23.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por TREINTA (30) días corridos el plazo de la convocatoria estipulado en la Disposición N° 340 de fecha 7 de julio de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a fin de presentar Proyectos de Desarrollo Empresarial (PDE) en el marco del Contrato de Préstamo BID N° 5570/OC-AR, destinado a financiar el “PROGRAMA DE APOYO A MIPYMES PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL HACIA INDUSTRIA 4.0”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Anexo de “Bases y Condiciones” de la Disposición N° 340/23 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA por el Anexo que, como IF-2023-104704489-APN-DNGYPP#MDP, forma parte integrante de la presente medida. Asimismo, dicho anexo regirá juntamente con el Reglamento Operativo del Programa, la convocatoria, presentación y ejecución de Proyectos de Desarrollo Empresarial (PDE) en el marco del “PROGRAMA DE APOYO A MIPYMES PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL HACIA INDUSTRIA 4.0” (Subcomponentes 1.1 y 1.2).

ARTÍCULO 3°.- Notifiquese al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

ARTÍCULO 4°.- La presente medida comenzará a regir desde la fecha de su suscripción.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Tomas Bernardo Canosa Argerich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/09/2023 N° 72009/23 v. 11/09/2023

Fecha de publicación 11/09/2023