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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

Disposición 933/2023

DI-2023-933-APN-DNHFYSF#MS

Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2023

VISTO, el Expediente Nº EX-2023-16842029- -APN-DNHFYSF#MS del registro de este Ministerio, y;

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente la Farmacéutica Diana Antonia PERRONE (MN N° 8.256), CUIL: 27- 5463425-6, solicita su desvinculación al cargo de Directora Técnica de la Farmacia denominada “JUNÍN”, propiedad del Sr ENNIO SERGIO AVILIA, CUIT N°20-16419711-6, ubicada en el local de la calle Sarmiento N° 2102 (C.P. 1.044), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que según constancias en el expte por Disposición N° 2288 de fecha 21 de agosto de 1998, recaída en el Expte: 1-2002-11346/95-4 se habilitó la farmacia mencionada.

Que por Disposición N° 2147 de fecha 01 de diciembre de 2005, recaída en el Expte: 1-2002-17684/05-3, se inscribió a la Farmacéutica Diana Antonia PERRONE (MN N° 8.256), como Directora Técnica de la farmacia “JUNÍN” a partir del 02 de noviembre de 2005.

Que la profesional presenta telegrama de renuncia C005-2023-000098 de fecha 07 de marzo de 2023, en el que expresa “ratifico mi renuncia a mi trabajo, verbal de fecha 30-09-22.

Quedan Ustedes notificados. PERRONE DIANA ANTONIA. 27-05463425-6”. Que se ha realizado la fiscalización pertinente, tal como se ha hecho constar en Actas de Inspección N° 15996, N° 15400 y N° 15998 de fechas 03 de marzo, 15 de marzo y 21 de marzo de 2023, respectivamente, verificándose que el establecimiento se encuentra cerrado.

Que con fecha 29 de marzo de 2023, se hacen presentes ante esta Dirección Nacional, piso 7° oficina 8, la Fca Diana Antonia PERRONE ( MN N° 8.256) , en carácter de Directora Técnica de la Farmacia “JUNÍN” y el Sr Sergio AVILIA, CUIT: 20-16417711-6, en carácter de hijo del propietario de la Farmacia Cayetano AVILIA, CUIT: 20-18634000-1, quien informa que su padre ha fallecido en junio de 2022 y él vive en España, por lo cual no ha presentado el cierre voluntario y definitivo de la Farmacia.

Que la Farmacéutica presenta Libro de Actas y Libro Recetario, verificándose la última receta transcripta N° 32.001 de fecha 30 de septiembre de 22 a fs 313 y procediéndose al cierre de los mismos.

Que el área Técnica consideró conveniente proceder al cierre de la Farmacia denominada “JUNÍN” por aplicación del Art. 4° de la Ley Nº 17.565.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL de HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN y SANIDAD de FRONTERAS es el organismo de aplicación de dichas normas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se procede de acuerdo con las normas vigentes en la Ley Nº 17.565 y su Decreto Reglamentario N° 7.123 y normas complementarias.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por cancelada a partir del día 30 de septiembre de 2022, la habilitación de la Farmacia denominada “JUNÍN”, ubicada en el local de la calle Sarmiento N° 2102 (C.P. 1.044), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiedad del Sr ENNIO SERGIO AVILIA, CUIT N°20-16419711-6 por aplicación del Art. 4° de la Ley N° 17.565.

ARTÍCULO 2º.- Dáse por limitada a partir del día 30 de septiembre de 2022, la actuación de la Farmacéutica Diana Antonia PERRONE (MN N° 8.256), CUIL: 27-5463425-6, en carácter de Directora Técnica de la Farmacia mencionada.

ARTÍCULO 3º.- Elimínase de la planilla de turno obligatorio al domicilio de la calle Sarmiento N° 2102 (C.P. 1.044), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 4º.- Tome conocimiento el REGISTRO ÚNICO de PROFESIONALES de la SALUD de la DIRECCIÓN NACIONAL de HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN y SANIDAD de FRONTERAS. Notifíquese al interesado, de la presente Disposición, en los términos del artículo N° 41 y siguientes del Decreto N° 1.759/72, Reglamento de la Ley N° 19.549. Remítase copia a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de MEDICAMENTOS, ALIMENTOS y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T). (SECCION PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES), a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fabián Ariel Basílico

e. 15/09/2023 N° 73637/23 v. 15/09/2023

Fecha de publicación 15/09/2023