MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución 256/2023
RESOL-2023-256-APN-MOP
Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-84427349-APN-DGD#MOP, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado N°438/92), las Resoluciones Nros. 31 y 32, ambas de fecha 5 de mayo de 2020, y 216 de fecha 10 de agosto de 2023, todas del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), compete al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a la política de obras públicas y a la política hídrica nacional, así como también entender en el diseño y ejecución de planes y programas relativos a obras públicas e infraestructura a nivel internacional, nacional, regional, provincial y municipal y en el control de su cumplimiento.
Que resulta un eje central del Gobierno Nacional, trabajar en el fortalecimiento continuo de las instituciones de la República, promoviendo la transparencia y la eficiencia en el gasto en todos los ámbitos donde desarrolla su actividad, mejorando el acceso a la información, incrementando la participación y control ciudadano en las decisiones públicas y promoviendo la adopción de nuevas tecnologías, a fin de fortalecer las instituciones democráticas, dotarlas de mayor legitimidad y confianza pública.
Que en esa línea, mediante la Resolución N° 31 de fecha 5 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se creó el OBSERVATORIO DE LA OBRA PÚBLICA en el ámbito de esta Cartera Ministerial, como un espacio de participación interinstitucional destinado a contribuir a la evaluación y mejora continua del marco normativo, de las prácticas, herramientas y procedimientos de planificación, así como de la contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas que lleve adelante el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, sus entes descentralizados y empresas.
Que, por su parte, por la Resolución N° 32 de fecha 5 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se aprobó el “Programa de Fortalecimiento Institucional, Integridad y Transparencia del Ministerio de Obras Públicas”, estableciéndose como una prioridad del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS avanzar en el diseño y puesta en marcha de medidas concretas que permitan la implementación de buenas prácticas, modelos institucionales y herramientas tecnológicas en materia de planificación, contratación, ejecución física y financiera de las obras públicas, propiciando la transparencia y el ejercicio del control ciudadano, conforme a los más altos estándares nacionales e internacionales en la materia.
Que en ese sentido, mediante la Resolución Nº 216 de fecha 10 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se convocó a los Gobiernos Provinciales y Locales a la presentación de propuestas para la “Segunda Edición del Premio Nacional a la Participación y el Control Ciudadano en la Obra Pública para Gobiernos Provinciales y Locales”, a fin de reconocer e incentivar experiencias de participación y control ciudadano en la Obra Pública, promovidas por los Gobiernos Provinciales y Locales (Municipales y Comunas) y vinculadas a obras financiadas por el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que por el artículo 2º de la citada Resolución N° 216/23 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS se aprobaron las Bases y Condiciones del referido Premio, detalladas en el Anexo I (IF-2023-90393513-APN-DNIYT#MOP), que forma parte integrante de la medida.
Que en el Punto 7. denominado “Fechas Destacadas” de las mencionadas Bases y Condiciones se estableció el cronograma de implementación del premio, previendo las siguientes etapas: 1) Lanzamiento del Premio, 2) Postulación de experiencias, 3) Evaluación de experiencias, 4) Publicación de resultados y 5) Entrega de premios.
Que resulta necesario modificar las fechas previstas para la postulación de experiencias, su evaluación y para la publicación de resultados y entrega de premios con el objeto de ampliar las instancias y mecanismos de difusión del Premio, a fin de incrementar la participación de los gobiernos provinciales y locales (municipios o comunas) y sumar nuevas experiencias representativas del carácter federal de esta iniciativa.
Que, en virtud de lo expuesto, se propicia la modificación del cronograma previsto en el Punto 7 denominado “Fechas Destacadas” de las Bases y Condiciones aprobadas como Anexo I (IF-2023-90393513-APN-DNIYT#MOP) de la Resolución Nº 216/23 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
El MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Punto 7 “Fechas Destacadas” de las Bases y Condiciones del “Premio Nacional a la Participación y el Control Ciudadano en la Obra Pública para Gobiernos Provinciales y Locales”, aprobadas como Anexo I (IF-2023-90393513-APN-DNIYT#MOP) de la Resolución Nº 216 de fecha 10 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“7. Fechas destacadas.
Lanzamiento del Premio: fecha de publicación de la resolución ministerial que aprueba la convocatoria.
Postulación de experiencias: hasta el 30 de septiembre de 2023 inclusive.
Evaluación de experiencias: octubre de 2023.
Publicación de los resultados: octubre de 2023.
Entrega de Premios: noviembre de 2023”
ARTÍCULO 2°.- Dispónese la difusión del nuevo Cronograma a través de la Página Web Institucional del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis
e. 18/09/2023 N° 74289/23 v. 18/09/2023
Fecha de publicación 18/09/2023