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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1325/2023

RESOL-2023-1325-APN-ENACOM#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2023

VISTO el EX-2023-89759661-APN-SDYME#ENACOM, la Ley N° 27.078 y modificatorias; la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 1285 de fecha 28 de agosto de 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 3° de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 1285 de fecha 28 de agosto de 2023 se aprobó el Anexo identificado como IF-2023-95655117-APN-CGAT#ENACOM el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DE BANDAS DE FRECUENCIAS DESTINADAS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES FIABLES e INTELIGENTES (STeFI) en adelante el “PLIEGO”.

Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° del PLIEGO, la Autoridad de Aplicación en caso de corresponder, emitirá circulares aclaratorias o modificatorias de oficio o como respuesta a consultas con CINCO (5) días como mínimo de antelación a la fecha de presentación de las Ofertas.

Que por presentaciones RE-2023-109046893-APN-AMEYS#ENACOM, RE-2023-109248737-APN-AMEYS#ENACOM y RE-2023-109195325-APN-AMEYS#ENACOM, las empresas AMX ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, TELECOM ARGENTINA S.A. y TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A., respectivamente, efectuaron consultas al PLIEGO.

Que la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS en conjunto con la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y CONVERGENCIA, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTRO TIC y la DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMPETENCIA EN REDES Y SERVICIOS emitieron el Informe que se identifica como IF-2023-111318257-APN-CGAT#ENACOM, a fin de aclarar las consultas efectuadas.

Que en virtud de ello, se advierte la necesidad de aprobar la circular aclaratoria número UNO (1) que formará parte integrante del PLIEGO.

Que conforme lo establece el PLIEGO en su Artículo 5°, la misma será notificada a través de la PLATAFORMA TRÁMITE A DISTANCIA (TAD) a sus interesados y será publicada como aviso oficial en el Boletín Oficial de la República Argentina y en la página web institucional de este ENACOM: https://www.enacom.gob.ar.

Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico permanente de este ENACOM.

Que asimismo, ha tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta Nº 56 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 30 de enero de 2020.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° de la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 1285 de fecha 28 de agosto de 2023 y las Actas Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016 y N° 56 de fecha 30 de enero de 2020 del Directorio del ENACOM, y el Decreto Nº 64/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la Circular Aclaratoria Nº 1 que como Anexo identificado como IF-2023-111318257-APN-CGAT#ENACOM forma parte de la presente Resolución, y de tal manera pasa a formar parte del PLIEGO aprobado por la Resolución del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Nº 1285 de fecha 28 de agosto de 2023.

ARTICULO 2° — Notifíquese a través de la PLATAFORMA TRÁMITES A DISTANCIA (TAD) a las licenciatarias consultantes, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, publíquese en la página web institucional de ENACOM https://www.enacom.gob.ar, y, oportunamente, archívese

Claudio Julio Ambrosini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/09/2023 N° 76105/23 v. 21/09/2023

Fecha de publicación 21/09/2023