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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA GENERAL

Resolución 776/2023

RESOL-2023-776-APN-SGP

Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-91037116- -APN-DGDYL#MI, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 de fecha 9 de diciembre de 2019, 328 del 31 de marzo de 2020, 358 de fecha 14 de julio de 2023, 359 de fecha 14 de julio de 2023 y la Decisión Administrativa N° 1282 de fecha 16 de julio de 2020 y N° 261 de fecha 10 de marzo de 2022 y la Resolución N° 215 de fecha 26 de diciembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por la Decisión Administrativa N° 1184/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por la Decisión Administrativa citada se homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 en la estructura del MINISTERIO DEL INTERIOR, entre otros, el cargo de DIRECTOR de la DIRECCIÓN DE CAMPAÑAS ELECTORALES dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL y DIRECTOR de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL.

Que por la Decisión Administrativa Nro. Nº 1282 y 261 se procedió a la cobertura transitoria del cargo supra referido y fueron prorrogadas en último término por la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR N° 215/22.

Que mediante el Decreto N° 358/23 se modificó el artículo 17 de la Ley de Ministerios(Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), suprimiendo las competencias asignadas al MINISTERIO DEL INTERIOR vinculadas a la organización de los próximos comicios, la ejecución de la legislación electoral y el empadronamiento de los ciudadanos y las ciudadanas.

Que, por razones operativas de gobierno, y con carácter transitorio hasta la realización de las elecciones generales, resulta conveniente asignar dichos cometidos a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que en virtud del reordenamiento de competencias realizado, mediante Decreto 359/23, se transfirió la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL desde la órbita de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR al ámbito de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por artículo 9° del Decreto 359/23 se estableció que hasta tanto se perfeccionen las modificaciones que permitan la plena operatividad de la transferencia, las áreas correspondientes de los servicios administrativos financieros y el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos, jurídicos, despacho, mesa de entrada y de control a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el artículo 1º del Decreto Nº 328/20 autoriza a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que, asimismo, se estableció que cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se dispongan no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que resulta necesario prorrogar las designaciones transitorias de las y los agentes consignados en el Anexo IF-2023-94562008-APN-DGRH#MI, a partir de la fecha que en cada caso se indica.

Que de conformidad con el artículo 2º del Decreto Nº 328/20, dentro de los CINCO (5) días del dictado del acto de prórroga se deberá notificar a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida no implica exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DEL INTERIOR ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto N° 328/20.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Danse por prorrogadas, a partir de la fecha que en cada caso se indica y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del dictado de la presente, las designaciones transitorias de las y los agentes consignados en el Anexo IF-2023-94562008-APN-DGRH#MI, en idénticas condiciones a las dispuestas en sus respectivas designaciones, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, que para cada caso se consigna.

ARTÍCULO 2°. – Los cargos mencionados en el artículo 1° del presente acto, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente.

ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR -.

ARTÍCULO 4°. - Notifíquese el dictado de la presente medida a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CINCO (5) días.

ARTÍCULO 5º. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julio Fernando Vitobello

e. 22/09/2023 N° 76223/23 v. 22/09/2023

Fecha de publicación 22/09/2023