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13 de Abril de 1977

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Primera sección


SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Resolución 94/2023

RESOL-2023-94-APN-SLYT

Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-97793810-APN-DRRHHYO#SLYT, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Nº 53 del 22 de marzo de 2022 y su modificatoria y la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 33 del 7 de junio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 415/21 se homologó el Acta de fecha 26 de mayo de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, por la cual se acordó en su cláusula tercera la reubicación a solicitud del personal que revista en la planta permanente conforme el régimen de valoración por evaluación y mérito para la promoción de nivel que el Estado Empleador establezca, previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Co.P.I.C.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53/22 se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que el artículo 4° del mencionado régimen estableció que el titular de la Jurisdicción u organismo descentralizado dispondrá el inicio del proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, designará a los miembros integrantes del Comité de Valoración, al Secretario Técnico Administrativo del Comité y aprobará el cronograma del proceso en el mismo acto administrativo.

Que por el artículo 5° del referido Régimen se estableció que el Comité de Valoración se integrará con: UN (1) miembro en representación del máximo responsable de Unidad a cargo de las acciones de personal de la Jurisdicción o Entidad descentralizada donde se dispuso el inicio del proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, UN (1) miembro en representación de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y UN (1) miembro en representación del titular de la Jurisdicción o Entidad descentralizada donde se dispuso el inicio del proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, y que cada representante contará con un alterno que podrá intervenir indistintamente.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 33/22 se dio por iniciado el Proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel del personal que revista en la planta permanente de la referida Jurisdicción y se designó a los integrantes del Comité de Valoración del citado Régimen para evaluar al personal de dicho organismo.

Que resulta necesario proceder a la designación de UN (1) miembro en carácter de representante alterno de la Titular de la Jurisdicción que integrará el referido Comité, en reemplazo de la doctora Andrea GONZALEZ.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 4° del ANEXO II de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 del 22 de marzo de 2022.

Por ello,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Desígnase como miembro del Comité de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel del personal de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en carácter de representante alterno de la titular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al doctor Diego MORENO (D.N.I. N° 25.148.752), en reemplazo de la doctora Andrea GONZALEZ (D.N.I. N° 29.204.673).

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Vilma Lidia Ibarra

e. 22/09/2023 N° 76522/23 v. 22/09/2023

Fecha de publicación 22/09/2023