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11 de Noviembre de 1985

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

Decreto 484/2023

DCTO-2023-484-APN-PTE - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-87168520-APN-TTN#MOP, la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, Ley N° 21.626 (t.o. 2001), los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 536 del 25 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, Ley N° 21.626 (t.o. 2001), se estableció que funcionará como ente descentralizado en jurisdicción de la entonces SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del ex-MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados y las Empresas y Entes del Sector Público Nacional, asignando al TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN dentro de la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que por el artículo 5° de la citada Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, Ley N° 21.626 (t.o. 2001), se determina que el Tribunal estará compuesto por CINCO (5) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y que todos ellos deberán ser profesionales universitarios con título habilitante para ejercer la función de ingeniero o ingeniera, arquitecto o arquitecta o ingeniero agrónomo o ingeniera agrónoma.

Que, por su parte, el artículo 7° de la referida ley, respecto de los Miembros Transitorios, establece que los DOS (2) miembros restantes serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de entidades privadas especificadas por la reglamentación, con una duración en sus funciones de TRES (3) años, y podrán ser nuevamente designados a petición de la entidad proponente.

Que mediante el artículo 7° del Anexo de la Reglamentación de la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, Ley N° 21.626 (t.o.2001), aprobada por el Decreto N° 536/22, se dispone que los Miembros Transitorios a los que hace referencia el artículo 7° de la citada ley serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de una terna que eleven la CÁMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCIÓN y la UNIÓN INDUSTRIAL ARGENTINA.

Que el Presidente del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, con fecha 14 de junio de 2023, solicitó a la UNIÓN INDUSTRIAL ARGENTINA que eleve una terna compuesta por candidatos y candidatas, con sus respectivos Curriculum Vitae, para integrar el Cuerpo Colegiado del aludido TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN.

Que la UNIÓN INDUSTRIAL ARGENTINA, con fecha 27 de julio de 2023, elevó la terna de profesionales, con el fin de que el PODER EJECUTIVO NACIONAL determine quién será seleccionado como miembro del mencionado TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que el MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS seleccionó como candidata para ser Miembro Transitorio del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN a la ingeniera civil Viviana Elizabet VELLA, y reivindicó con esta propuesta de designación el compromiso asumido con uno de los objetivos relevantes de dicho Ministerio, como es la paridad de género en la cobertura de los cargos públicos.

Que el Presidente del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN certificó que el cargo de Miembro Transitorio del Cuerpo Colegiado del Tribunal, designado a propuesta de la UNIÓN INDUSTRIAL ARGENTINA, se encuentra vacante.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 7° de la Ley N° 21.626 (t.o. 2001).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase a la ingeniera civil Viviana Elizabet VELLA (D.N.I. Nº 27.660.999) para integrar el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, en calidad de Miembro Transitorio y por el término de TRES (3) años, a propuesta de la UNIÓN INDUSTRIAL ARGENTINA, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, Ley N° 21.626 (t.o. 2001) y su Decreto Reglamentario N° 536/22.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Gabriel Nicolás Katopodis

e. 25/09/2023 N° 76786/23 v. 25/09/2023

Fecha de publicación 25/09/2023