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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decisión Administrativa 778/2023

DECAD-2023-778-APN-JGM - Proceso de Compra Nº 82-0092-CDI23.

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-81753576-APN-DC#ME, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad, identificada como Proceso de Compra N° 82-0092-CDI23 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN para la “Adquisición de obras literarias para Educación Inicial” con FONDO DE CULTURA ECONÓMICA DE ARGENTINA S.A., solicitada por la SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SOCIAL Y CULTURAL del citado Ministerio.

Que la Ley N° 26.206 de Educación Nacional y sus modificaciones, en su artículo 11, incisos a), e) y h) establece que los fines y objetivos de la política educativa nacional son asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales, garantizar la inclusión educativa a través de la asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad y garantizar las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo.

Que, asimismo, en el artículo 20 de la referida ley, incisos e) y h), se dispone que son objetivos de la Educación Inicial desarrollar la capacidad de expresión y comunicación a través de distintos lenguajes, verbales y no verbales: el movimiento, la música, la expresión plástica y la literatura, así como también el de atender las desigualdades educativas de origen social y familiar para favorecer una integración plena de todas las niñas y todos los niños en el sistema educativo.

Que de acuerdo con el artículo 84 de la mencionada Ley de Educación Nacional, el Estado debe garantizar las condiciones materiales y culturales para que todas las alumnas y todos los alumnos logren aprendizajes comunes de buena calidad, independientemente de su origen social, radicación geográfica, género o identidad cultural.

Que dicha ley, en su artículo 126, inciso f) establece que las alumnas y los alumnos tienen el derecho a recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan completar la educación obligatoria.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Nº 3345 del 12 de noviembre de 2021 se creó el Programa “LIBROS PARA APRENDER” en el ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, con el objetivo de colaborar en la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Nº 2021 del 18 de julio de 2022 se aprobaron las “BASES PARA LA SELECCIÓN DE OBRAS LITERARIAS PARA ESTUDIANTES DE SALAS DE 3, 4 y 5 DEL NIVEL INICIAL”.

Que, en virtud de lo expuesto, por la Resolución del MINISTERIO DE EDUCACIÓN N° 1314 del 21 de junio de 2023 se aprobó la selección de títulos, la cantidad de ejemplares a adquirir por título y editorial y a distribuir por jurisdicción y se autorizó a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del aludido Ministerio a realizar las contrataciones correspondientes bajo el encuadre de la contratación directa establecido en el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto N° 1023/01.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA tomó intervención, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27.437, en el Decreto N° 800/18 y en la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 91/18 y sus modificaciones.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo, conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso c) del Anexo I de la Resolución N° 36/17 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y sus modificatorias.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas del 26 de julio de 2023 surge la presentación de la oferta de FONDO DE CULTURA ECONÓMICA DE ARGENTINA S.A. por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($720.410.652).

Que la SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SOCIAL Y CULTURAL del MINISTERIO DE EDUCACIÓN elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a la oferta presentada y al cumplimiento, por parte de esta, de las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del mencionado Ministerio, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones, suscribió el Informe de Evaluación de Ofertas, recomendando adjudicar la Contratación Directa identificada como Proceso de Compra N° 82-0092-CDI23 a FONDO DE CULTURA ECONÓMICA DE ARGENTINA S.A. por ser su oferta formal y técnicamente admisible y económicamente conveniente.

Que mediante la Resolución N° 1931 del 18 de agosto de 2023 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se aprobó la convocatoria a la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad N° 82-0092-CDI23, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y todo lo actuado en el marco del referido procedimiento de selección.

Que la Dirección de Presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACIÓN informó que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, inciso e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Adjudícase la totalidad de los renglones de la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad identificada como Proceso de Compra Nº 82-0092-CDI23 a FONDO DE CULTURA ECONÓMICA DE ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-65295582-3) por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($720.410.652).

ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a emitir la Orden de Compra respectiva.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase al Ministro de Educación a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante, respecto de la Contratación Directa que por este acto se adjudica, así como a renegociar y suscribir los demás actos administrativos concernientes a la ejecución del contrato.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el contrato administrativo que por la presente medida se adjudica se imputará con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN para el Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer recurso de reconsideración, dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación, o recurso jerárquico, dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Jaime Perczyk

e. 25/09/2023 N° 76688/23 v. 25/09/2023

Fecha de publicación 25/09/2023