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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Decisión Administrativa 774/2023

DECAD-2023-774-APN-JGM - Transfiérese agente.

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-22217522-APN-DRH#DNM, las Leyes Nros. 25.164 y 27.701, el Decreto-Ley N° 6581 del 30 de abril de 1958, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio y 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38 del 16 de marzo de 2010 y su modificatoria y la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 2 del 26 de diciembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, propicia la transferencia de la agente de la planta permanente de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE SEGURIDAD, María Laura KABAKIAN, quien revista como Auxiliar Superior de 4a - Médica Agregada del Estatuto del Personal Civil de la mencionada fuerza de seguridad, aprobado por el Decreto-Ley N° 6581/58.

Que dicha transferencia se funda en que la referida agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al Organismo de destino.

Que la presente transferencia conlleva la incorporación de la agente KABAKIAN en el escalafón del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, conforme el procedimiento llevado a cabo en los términos de la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10 y sus modificatorias.

Que por la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES N° 2/22 se aprobó la incorporación de la agente María Laura KABAKIAN en UN (1) cargo Nivel B, Grado 5, Tramo General, Agrupamiento Profesional del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que, en razón de lo expuesto, corresponde disponer la transferencia de la citada y su incorporación al escalafón del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico para la citada agente, quien ha prestado su conformidad a la presente transferencia.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos permanentes de los organismos involucrados.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b) apartado IV del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese, a partir del dictado de la presente medida, de la planta permanente de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a la agente María Laura KABAKIAN (D.N.I. N° 26.417.602), quien revista en un cargo de la planta permanente como Auxiliar Superior de 4a - Médica Agregada - del Estatuto del Personal Civil de la mencionada fuerza de seguridad, aprobado por el Decreto-Ley N° 6581 del 30 de abril de 1958, a la planta permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo desconcentrado del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel B, Grado 5, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1º de la presente medida se atenderá con cargo a los créditos presupuestarios del Organismo de origen.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Eduardo Enrique de Pedro - Aníbal Domingo Fernández

e. 25/09/2023 N° 76690/23 v. 25/09/2023

Fecha de publicación 25/09/2023