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27 de Junio de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL

Resolución 64/2023

RESOL-2023-64-APN-SDC#MC

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-99596504- -APN-DGD#MC, la Resolucion N° 1103 de fecha 28 de agosto de 2023, (RESOL-2023-1103-APN-MC), del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la Resolución M.C. N.º 1103/23 del MINISTRO DE CULTURA, se aprobó la “CONVOCATORIA MICA MICBR 2023” y el Reglamento de Bases y Condiciones, que como ANEXO I (IF-2023-99426839-APNDNIFYCI#MC) y sus Declaraciones Juradas, que como ANEXO II (IF-2023-92560008-APNDNIFYCI#MC), forman parte integrante de la citada medida.

Que mediante el artículo 3º de la mencionada Resolución, se establece a la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA, como autoridad de aplicación e interpretación del Concurso.

Que según el punto 3 del Anexo I (IF-2023-99426839-APN-DNIFYCI#MC) aplican productores, emprendedores, cooperativas, pymes y empresas de servicios y bienes de las industrias culturales de los sectores audiovisual, artes visuales, circo, danza, diseño, editorial, folklore, gastronomía, hip hop, infancias, música, música académica, tango, teatro y videojuegos, que posean una trayectoria no menor a TRES (3) años de funcionamiento, comprobables a partir de la documentación e información solicitada durante la postulación.

Que conforme al punto anteriormente citado, los postulantes aplican por un traslado desde su lugar de residencia hacia la ciudad de Belém, estado de Pará, República Federativa de Brasil, para participar en el Mercado de Industrias Culturales de Brasil 2023 (MICBR 2023) del 8 al 12 de noviembre de 2023.

Que mediante el artículo 1° de la Resolución SDC Nº 61/2361 de fecha 19 de septiembre de 2023 (RESOL-2023-61-APN-MC) de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, se designó a la nómina de jurados conforme a lo establecido por el punto 5 del Anexo I del Reglamento de Bases y Condiciones de la Convocatoria MICBR 2023, para la selección de hasta (60) beneficiarios titulares y (20) suplentes por orden de mérito de la convocatoria; entre los posibles vendedores/oferentes y compradores.

Que dicho jurado se reunió el día 20 de septiembre del corriente, a fin de evaluar a los postulantes oportunamente presentados, y posteriormente seleccionar los ganadores.

Que luego de la evaluación, y tras un intercambio de opiniones, el jurado se expidió por unanimidad, señalando que, las propuestas seleccionadas en el “Acta de Selección de Postulantes de Convocatoria MICBR”, IF-2023-111699740-APN-DNIFYCI#MC, reúnen las cualidades necesarias vinculadas a los criterios de ponderación establecidos en las bases y condiciones del programa en cuestión.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas por el Decreto N° 50/19 y su modificatorio, y la Resolución M.C. Nº 1103/23 (RESOL-2023-1103-APN-MC),

Por ello,

LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º .- Aprobar la nómina de beneficiarios elaborada por el Jurado, registrada como “Acta de Selección de Postulantes de Convocatoria MICBR”, bajo el N.º IF-2023-111699740-APN-DNIFYCI#MC, que forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Publicar la presente medida en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (https://www.cultura.gob.ar).

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maria Lucrecia Cardoso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/09/2023 N° 76906/23 v. 25/09/2023

Fecha de publicación 25/09/2023