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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 787/2023

RESOL-2023-787-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2018-28387792-APN-DGDO#MEM y los Expedientes Nros. EX-2018-34096030-APN-DGDO#MEN, EX-2019-71868369-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2022-87690467-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa VIENTOS VIDAL S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Parque Eólico Vidal con una potencia de CIEN COMA OCHO MEGAVATIOS (100,8 MW), ubicado en el Partido de Mar Chiquita, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en la barra de CENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 Kv) de la nueva Estación Transformadora Coronel Vidal, vinculada a la futura Estación Transformadora Vivoratá, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.).

Que mediante la Nota N° B-129090-1 de fecha 16 de julio de 2018, (vinculada en el IF-2018-34103866-APN-DGDO#MEN - EX-2018-34096030-APN-DGDO#MEN, en tramitación conjunta), COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que la empresa VIENTOS VIDAL S.A. cumple para su Parque Eólico Vidal los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

Que mediante la Resolución N° 167 de la SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y EVALUACIÓN AMBIENTAL del ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE de la Provincia de BUENOS AIRES, de fecha 11 de junio de 2019, (vinculada en el IF-2019-71934768-APN-DGDOMEN#MHA - EX-2019-71868369-APN-DGDOMEN#MHA, en tramitación conjunta), se declaró ambientalmente apto el Proyecto de Obra presentado por la empresa VIENTOS VIDAL S.A. denominado “Parque Eólico Vidal”.

Que la empresa VIENTOS VIDAL S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.232 de fecha 14 de agosto de 2023 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa VIENTOS VIDAL S.A. para su Parque Eólico Vidal con una potencia de CIEN COMA OCHO MEGAVATIOS (100,8 MW), ubicado en el Partido de Mar Chiquita, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en la barra de CENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 Kv) de la nueva Estación Transformadora Coronel Vidal, vinculada a la futura Estación Transformadora Vivoratá, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa VIENTOS VIDAL S.A., titular del “Parque Eólico Vidal” en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa VIENTOS VIDAL S.A., a CAMMESA, a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Flavia Gabriela Royón

e. 27/09/2023 N° 77367/23 v. 27/09/2023

Fecha de publicación 27/09/2023