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17 de Febrero de 2022

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 3219/2023

DI-2023-3219-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2023

VISTO el Expediente EX-2023-66012243- -APN-SGYEP#JGM, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, la Ley del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados N° 22.431 y sus modificatorios, los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, N° 355 del 22 de mayo de 2017 y N° 669 del 13 de agosto de 2020, la Decisión Administrativa N° 449 del 7 de mayo de 2021, la Resolución Nº 39 del 18 de marzo de 2010 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y sus modificatorias, Nº 156 del 10 de diciembre de 2021, N° 24 del 2 de febrero de 2023 y N° 206 del 19 de mayo de 2023, todas de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 355/17, se dispone entre otros aspectos, que toda designación del personal ingresante a la planta permanente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno.

Que el artículo 5° del Decreto N° 355/17 establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través de su Dictamen IF-2017-32619814-APN-ONEP#MM se expidió manifestando que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deviene competente para aprobar las designaciones de personal en la planta permanente luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, entre otras cuestiones.

Que mediante el Decreto Nº 669/20 se homologó el Acta Acuerdo del 29 de mayo de 2020 de la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), cuyo artículo 135 estableció, con carácter excepcional y transitorio, la Convocatoria Interna, en la que podrá participar el personal que reviste como personal permanente y no permanente de la Jurisdicción u Organismo de origen al que pertenezca la vacante a cubrir, según los artículos 8° y 9° de la Ley N° 25.164.

Que por la Decisión Administrativa N° 449/21 se incorporaron cargos vacantes a la planta permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional, para el ejercicio 2021, prorrogado por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 para el Ejercicio 2022.

Que mediante la Resolución N° 39/10 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”.

Que mediante la Resolución N° 156/21 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se inició el proceso para la cobertura de SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS (676) cargos de la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES y se designó a los integrantes del Comité de Selección N° 2 y al Coordinador Concursal y a su alterno, conforme con lo establecido por el artículo 14 del Anexo I de la citada Resolución N° 39/10.

Que conforme lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados N° 22.431 y sus modificatorios, corresponde llevar a cabo los procesos de selección respecto de los cargos reservados para ser ocupados exclusivamente por personas con discapacidad.

Que mediante la Resolución N° 24/23 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobaron las bases del concurso y el llamado a Convocatoria Interna para la cobertura de VEINTISIETE (27) cargos vacantes y financiados de la planta permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que mediante la Resolución N° 206/23 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Orden de Mérito correspondiente al proceso de selección para la cobertura de los cargos y financiados de acuerdo al detalle obrante en su Anexo IF-2023-46174596-APN-DPSP#JGM.

Que los agentes mencionados en el Anexo I (IF-2023-107942635-APN-DGA#DNM) han cumplimentado las condiciones para ingresar a la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, correspondiendo en consecuencia dictar el acto aprobatorio que formalice dicho ingreso.

Que la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996, por el artículo 5° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, y su modificatorio y el Decreto N° 59 del 23 de diciembre de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnanse en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, a las/los agentes que se detallan en el Anexo I (IF-2023-107942635-APN-DGA#DNM) que integra esta medida, en el puesto, agrupamiento, tramo, nivel y grado que para cada caso se indican, en los términos de los artículos 31 y 128 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias específicas del Presupuesto vigente, correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, Entidad 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maria Florencia Carignano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/09/2023 N° 78424/23 v. 29/09/2023

Fecha de publicación 29/09/2023