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Legislación y Avisos Oficiales
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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “B” 12635/2023

27/09/2023

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Apertura de cuentas a no residentes y residentes “rentistas” y “pensionados”. Aclaración

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de recordarles que según lo establecido por los puntos 2.4. y 2.5. de las normas sobre “Documentos de identificación en vigencia”, puede acreditarse la identidad de personas inmigrantes a partir de los documentos que la Dirección Nacional de Migraciones acepte para su identificación, y de las personas humanas no residentes en el país mediante la presentación del documento que lo identifique en el país de residencia (expedido de conformidad con las normas legales vigentes en la materia en ese país y legalizado consularmente o por el sistema de apostilla).

En ese sentido, les señalamos que resulta factible la apertura de cuentas de depósito a extranjeros en vías de regularización migratoria (sin DNI) y a personas humanas no residentes en el país, para lo cual deben observarse los requisitos previstos en las normas reglamentarias respectivas.

Asimismo, les recordamos que cuando se solicite la apertura de cuentas de caja de ahorros en moneda extranjera para acreditar transferencias, no resulta aplicable el procedimiento previsto en el punto 1.4.2. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”.

Por último, les destacamos que, en todos los casos, resulta obligatorio dar cumplimiento a la normativa en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, especialmente en lo referido a la identificación y conocimiento del cliente.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Ricardo Miguel Tustanoski, Jefe de Aplicaciones Normativas - Mariano Ezequiel Leguiza, Gerente de Aplicaciones Normativas.

e. 29/09/2023 N° 78397/23 v. 29/09/2023

Fecha de publicación 29/09/2023