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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD

Resolución 2291/2023

RESOL-2023-2291-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2023

VISTO el Expediente EX-2023-104652566- -APN-DD#MS, la Ley N° 27.680, su Decreto Reglamentario N° 386 del 24 de Julio de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.680, de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos, tiene por objeto establecer los mecanismos necesarios para promover la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos en el territorio nacional.

Que la referida Ley, mediante su artículo 4° crea el Plan Nacional de Acción para la Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos y las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud en el ámbito de la autoridad de aplicación.

Que mediante el artículo 3° del Decreto Reglamentario N°386/2023 se estableció a el MINISTERIO DE SALUD como autoridad de aplicación de la Ley N° 27.680, quedando facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias.

Que a través del artículo 8° del mencionado Decreto, se establecen las funciones de la autoridad de aplicación, siendo una de ellas, llevar adelante la implementación, monitoreo y evaluación del Plan Nacional de Acción para la Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos y las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud (IACS) en articulación con el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGRO ALIMENTARIA (SENASA), el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), ambos organismos descentralizados actuantes en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN y el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que entre los objetivos del MINISTERIO DE SALUD se encuentran los de formular, programar y coordinar las acciones vinculadas al sistema de vigilancia epidemiológica; coordinar las acciones vinculadas a la prevención y control de las enfermedades; entender, a partir de los registros específicos, en los estudios de recursos disponibles, oferta, demanda y necesidad, así como el diagnóstico de situación necesaria para la planificación estratégica de la prevención y el control en el sector salud y formular, dirigir y coordinar las campañas nacionales de promoción y protección de la salud.

Que con el objetivo de implementar acciones integradas e intersectoriales para afrontar la problemática generada por la resistencia antimicrobiana (RAM), todos los organismos internacionales dedicados a salud, Organización Mundial de la Salud (OMS), Organización Mundial de la Salud Animal (OMSA), la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) han instado a los países a elaborar planes de acción contra la Resistencia Antimicrobiana (RAM), bajo el concepto de “Una Salud”, con una visión integral de la sanidad animal, la salud humana, la sanidad alimentaria y ambiental a escala mundial.

Que la Asamblea Mundial de la Salud adoptó un PLAN de ACCIÓN MUNDIAL sobre la resistencia a los antimicrobianos.

Que la COORDINACIÓN DE USO PROPIADO DE ANTIMICROBIANOS de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES de la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS y la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD propician el dictado de la presente medida, habiendo todas tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520, (T.O. Decreto N° 438/1992), sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las líneas estratégicas y acciones específicas del “Plan Nacional de Acción para la Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos y las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud, 2022-2025” creado por la Ley N° 27.680 que como ANEXO (IF-2023-113820938-APN-DNCET#MS) forma parte integrante de la presente resolución. El mismo, se implementará dentro de este Ministerio, en la órbita de la Coordinación de Uso Apropiado de Antimicrobianos, dependiente de la Dirección Nacional de Control de Enfermedades Transmisibles, ello conforme lo normado en la Decisión Administrativa N° 891/2022.

ARTÍCULO 2° — - La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/10/2023 N° 79409/23 v. 03/10/2023

Fecha de publicación 03/10/2023