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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD

Resolución 2518/2023

RESOL-2023-2518-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2023

VISTO el Expediente EX-2023-84898830-APN-DD#MS, la Ley 27.680 y el Decreto Reglamentario N° 386 de fecha 24 de julio del 2023, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 27.860 de prevención y control de la resistencia a los antimicrobianos tiene por objeto establecer los mecanismos necesarios para promover la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos en el territorio nacional.

Que los antimicrobianos son medicamentos esenciales para la salud humana y animal, y su adecuada utilización ha permitido salvar millones de vidas.

Que su uso masivo e inadecuado ha traído como consecuencia la aparición del fenómeno de la resistencia a los antimicrobianos, uno de los mecanismos que tienen los microorganismos para evitar la acción antimicrobiana y sobrevivir en un medio desfavorable.

Que la evidencia científica demuestra que la resistencia simultánea a múltiples antimicrobianos constituye un factor independiente de mal pronóstico al provocar mayor mortalidad por fracaso terapéutico, y se asocia a un marcado incremento de los costos sanitarios.

Que las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud –IACS- representan un grave problema sanitario debido al impacto en las personas, asistencial, económico y social que generan, representando uno de los principales eventos adversos vinculados a la seguridad del paciente en el marco del proceso de atención sanitaria.

Que la implementación de Programas Hospitalarios de Prevención, Vigilancia y Control de Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud han demostrado su efectividad en orden a disminuir la morbimortalidad y reducir costos por IACS en Unidades de Cuidados Intensivos y áreas de internación general, constituyendo un instrumento de mejora de la seguridad del paciente y garantía de la calidad de la atención médica.

Que dicha Ley establece que corresponde al Poder Ejecutivo nacional determinar la autoridad de aplicación de la presente ley, coordinando su accionar con las autoridades jurisdiccionales competentes y los organismos con incumbencia en la materia.

Que el Decreto Reglamentario N°386/2023 en su Artículo 3° estableció que el MINISTERIO DE SALUD será la Autoridad de Aplicación de la Ley N°27.680 y de la Reglamentación que se aprobó por el artículo 1° del mismo, estando facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva implementación.

Que parte de las acciones que debe propiciar la Autoridad de Aplicación para la implementación de los derechos establecidos en la ley y su reglamentación es la de celebrar los acuerdos que resulten necesarios con organismos gubernamentales; organismos no gubernamentales con competencia en la materia y con las distintas jurisdicciones para el cumplimiento de los objetivos previstos en la ley.

Que conforme las competencias atribuidas por la Constitución Nacional, el derecho a la salud debe ser garantizado tanto por la Nación como por las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de sus respectivas atribuciones.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES, la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS y la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD han prestado la debida conformidad.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional, la Ley de Ministerios Nº 22.520, sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el modelo del CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN DE LAS JURISDICCIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY N° 27.680 – LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA RESISTENCIA A LOS ANTIMICROBIANOS, de conformidad con el Anexo (IF-2023-107482380-APN-DNCET#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/10/2023 N° 79974/23 v. 04/10/2023

Fecha de publicación 04/10/2023