ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 726/2023
ACTA N° 1894
Expediente ENRE N° EX-2023-14988007- -APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 4 DE OCTUBRE DE 2023
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.), consistente en la construcción de UNA (1) nueva salida de línea en el nivel de 13,2 kV de la Estación Transformadora (ET) Pinamar, jurisdicción de TRANSBA S.A. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en el portal de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), solicitando a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en el suyo, por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos en ambos sitios web. Además, deberá publicarse durante DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión donde la obra se llevará a cabo o donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde el día siguiente de la última publicación efectuada, para que, quien lo considere procedente, plantee su oposición fundada, por escrito, ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que la oposición planteada sea común a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto, sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos, este Ente Nacional procederá a emitir un acto administrativo autorizando la obra y otorgando el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) correspondiente. 5.- EDEA S.A. deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y TRANSBA S.A., conforme indican sus respectivas presentaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Hacer saber a TRANSBA S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA) implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº 558 de fecha 4 de noviembre de 2022, deberá incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998 en el perímetro de la ET Pinamar 132/13,2 kV. 7.- Hacer saber que las instalaciones involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente, a saber: a) Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones transformadoras); b) Resolución ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas) y; c) Resolución ENRE Nº 620 de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 8.- Notifíquese a EDEA S.A., a TRANSBA S.A., al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA) y a CAMMESA. 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaria del Directorio.
e. 06/10/2023 N° 80761/23 v. 06/10/2023
Fecha de publicación 06/10/2023