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13 de Diciembre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

SE PROCEDE NOTIFICAR A LA SRA. ALICIA SUSANA EDITH RIGO (D.N.I. 5.468.349 Y CUIL N° 27-05468349-4) DE LA RESOLUCIÓN RESOL-2023-48-APN-SCS#MS DICTADA EL 3 DE MAYO DEL 2023 POR EL SECRETARIO DE CALIDAD EN SALUD DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN DONDE SE RESOLVIÓ LO SIGUIENTE: “CIUDAD DE BUENOS AIRES, MIERCOLES 3 DE MAYO DE 2023… EL SECRETARIO DE CALIDAD EN SALUD RESUELVE: ARTÍCULO 1º: SANCIONASE A LA FIRMA FARMACIA ESTRELLA ARGENTINA S.C.S. (CUIT N° 30-57599610-4), EN SU CARÁCTER DE PROPIETARIA DE LA FARMACIA SITA EN AV. DIRECTORIO 4549, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, CON UNA MULTA DE $ 44.300 (PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS) POR HABER TRANSGREDIDO EL ARTÍCULO 4° DE LA LEY Nº 17.565. ARTÍCULO 2°: SANCIONASE A LA FARMACÉUTICA ALICIA SUSANA EDITH RIGO (M.N. N° 8.578, D.N.I. 5.468.349 Y CUIL N° 27-05468349-4) EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA TÉCNICA DE LA FARMACIA DENOMINADA “FARMACIA ESTRELLA ARGENTINA S.C.S” UBICADA EN AV. DIRECTORIO 4549, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, CON UNA MULTA DE $ 44.300 (PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS) POR HABER TRANSGREDIDO EL ARTÍCULO 4° DE LA LEY Nº 17.565. ARTÍCULO 3º: ACUÉRDESE EL PLAZO DE CINCO (05) DÍAS HÁBILES, A PARTIR DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN, PARA HACER EFECTIVO EL PAGO DE LA MULTA IMPUESTA EN LA DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y TESORERÍA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, SITA EN LA AVENIDA 9 DE JULIO Nº 1.925, PISO 1° DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, CUYOS MONTOS INGRESARÁN AL FONDO DE FINANCIAMIENTO 13 (FONDO NACIONAL DE SALUD). ARTÍCULO 4°: EL SANCIONADO PODRÁ INTERPONER, DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍAS DE NOTIFICADO Y PREVIO PAGO TOTAL DE LA MULTA IMPUESTA, EL PERTINENTE RECURSO DE NULIDAD Y APELACIÓN ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL CORRESPONDIENTE, DE CONFORMIDAD CON LO PRESCRIPTO POR EL ARTÍCULO 53 Y CONCORDANTES DE LA LEY N° 17.565, EL QUE REZA: “CONTRA LAS RESOLUCIONES QUE DICTEN LOS ORGANISMOS COMPETENTES DE LA AUTORIDAD SANITARIA, SOLO PODRÁ INTERPONERSE RECURSO DE NULIDAD Y APELACIÓN QUE SE INTERPONDRÁ Y SE SUSTANCIARÁ ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL CORRESPONDIENTE Y DENTRO DEL PLAZO DEL ARTÍCULO 52. EN EL CASO DE PENA CONSISTENTE EN MULTA, ADEMÁS EL RECURRENTE DEBERÁ ABONAR DENTRO DEL PLAZO DEL REFERIDO ARTÍCULO 52 EL TOTAL DE LA MISMA. EN CAPITAL FEDERAL Y EN EL TERRITORIO NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR SERÁ COMPETENTE EL JUEZ EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO QUE CORRESPONDA (MODIFICADO POR LEY 19.451).” ARTÍCULO 5º: NOTIFÍQUESE POR LA DIRECCIÓN DE DESPACHO DANDO CUMPLIMIENTO A LO ESTIPULADO POR LOS ARTÍCULOS 41º Y SUBSIGUIENTES DEL DECRETO N° 1759/72 (T.O. 2017) REGLAMENTARIO DE LA LEY N° 19.549, GÍRESE A LA DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y TESORERÍA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PARA LA CONTINUACIÓN DE SU TRÁMITE Y CUMPLIDO, VUELVA PARA SU GUARDA TEMPORAL”. ALEJANDRO FEDERICO COLLIA. SECRETARIO. SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD. MINISTRIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS.

Fabián Ariel Basílico, Director Nacional, Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 17/10/2023 N° 83154/23 v. 18/10/2023

Fecha de publicación 18/10/2023