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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución 462/2023

RESOL-2023-462-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2023

VISTO los Expedientes Nros. EX-2023-116810683- -APN-SGYEP#JGM y EX-2023-24658025- -APN-DGA#APNAC del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, respectivamente, la Ley N° 22.431 del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados y sus modificatorio, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 449 de fecha 7 de mayo de 2021, 1155 de fecha 26 de noviembre de 2021, 1086 de fecha 1° de noviembre de 2022 y 4 de fecha 9 de enero de 2023 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus modificatorias y la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 412 de fecha 27 de septiembre de 2023, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 449 de fecha 7 de mayo de 2021, 1155 de fecha 26 de noviembre de 2021 y 1086 de fecha 1° de noviembre de 2022, se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la planta permanente de la Administración Pública Nacional con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

Que, de conformidad con la Decisión Administrativa N° 1086/22, la presente medida no aumenta la dotación de empleadas y empleados públicos ni tampoco incrementa los costos para la Administración Pública Nacional. Asimismo, solo podrán participar los empleados y empleadas de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES que tengan al menos CINCO (5) años de antigüedad en la Administración Pública Nacional.

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023.

Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de selección, conforme a lo disponen los artículos 4° y 8° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el artículo 19 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, y el artículo 33 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal comprendido dentro del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, aplicables asimismo para la promoción del personal permanente a cargos superiores.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado previamente, conforme la modificación efectuada por el Decreto Nº 192 de fecha 10 de abril de 2023, establece con carácter excepcional y transitorio, como otro Tipo de convocatoria, la Convocatoria Interna y que en la misma podrá participar el personal que revista como personal permanente y no permanente, según los artículos 8º y 9º de la Ley N° 25.164 de la Jurisdicción u Organismo al que pertenezca la vacante a cubrir.

Que conforme lo dispuesto por el artículo 161 del Anexo del Decreto Nº 214/06 y sus modificatorios, se estableció que la vigencia de la medida mencionada alcanzaría hasta el 31 de diciembre de 2023.

Que por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”.

Que, atento a las necesidades prioritarias de ordenamiento y regularización en el marco de las políticas públicas llevadas a cabo en materia de gestión integral de fortalecimiento del empleo público, a través de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 412 de fecha 27 de septiembre de 2023, se dio inicio al proceso para la cobertura de CIENTO DOS (102) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, y se designó a los integrantes del Comité de Selección y al Coordinador Concursal, conforme con lo establecido por el artículo 14 del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.

Que conforme lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 22.431 corresponde llevar a cabo los procesos de selección respecto de los cargos reservados para ser ocupados exclusivamente por personas con discapacidad.

Que, en el marco de sus responsabilidades, los integrantes del Comité de Selección han aprobado los perfiles y las Bases de la respectiva convocatoria, las cuales reúnen las características de claridad y precisión que permiten identificar concretamente las tareas y acciones propias del puesto, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso y el cronograma tentativo de implementación.

Que, por su parte, la Coordinación Concursal tiene entre sus responsabilidades impulsar el proceso de selección para concluirlo dentro de los plazos previstos.

Que, en tal sentido, y a fin de dotar a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES de personal idóneo mediante procedimientos de selección por mérito en base a competencias que respeten los principios de igualdad de oportunidades, publicidad y transparencia, corresponde proceder a la aprobación de las referidas Bases.

Que conforme el artículo 2º del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias, se estableció que los procesos de selección serán organizados, convocados y coordinados por la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, conforme surge del Informe IF-2023-122741326-APN-DPSP#JGM de la DIRECCIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, el proceso de selección para la cobertura de NOVENTA Y OCHO (98) cargos se llevará a cabo mediante nuevo expediente; habiéndose tramitado el inicio del presente proceso bajo el expediente citado en el Visto.

Que, por lo tanto, corresponde efectuar el llamado a Concurso mediante convocatoria interna de CUATRO (4) cargos vacantes y financiados que se integrarán dentro de la planta permanente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y aprobar las Bases respectivas, conforme con lo establecido en el artículo 28 del referido Reglamento de Selección para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.

Que la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y el artículo 28 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las Bases del Concurso dictadas por el Comité de Selección N° 2 designado para la cobertura de CUATRO (4) cargos vacantes y financiados de la planta permanente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I IF-2023-121882833-APN-DPSP#JGM, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Llámese a concurso mediante convocatoria interna para la cobertura de CUATRO (4) cargos a incorporarse dentro de la Planta Permanente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, conforme el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, aprobado por la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias.

El presente procedimiento se realiza en el marco del Plan Integral de Regularización del Empleo Público conforme las Decisiones Administrativas Nros. 449 del 7 de mayo de 2021, 1155 del 26 de noviembre de 2021 y 1086 del 1° de noviembre de 2022, del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios) y de las Actas Paritarias de fecha 29 de mayo de 2020 y 1º de junio de 2022 respectivamente firmadas en la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que las vacantes cubiertas en el marco del presente proceso de selección no podrán ser utilizadas para una nueva contratación de personal a partir de la toma de posesión del cargo de planta permanente por parte del o de la postulante designado o designada.

ARTÍCULO 4º.- Fíjase como período de inscripción electrónica de los respectivos procesos de selección, el comprendido a partir del día 30 de octubre de 2023, a partir de las 10:00 horas, y hasta el 8 de noviembre de 2023, hasta las 16:00 horas del último día citado. La inscripción electrónica se efectuará a través del portal web en la dirección http://www.argentina.gob.ar/concursar.

ARTÍCULO 5º.- Fíjase como sede de asesoramiento y comunicación de información adicional, la correspondiente a la DIRECCIÓN DE PROCESOS DE SELECCIÓN DE PERSONAL ubicada en la Avenida Roque Sáenz Peña N° 511 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, de lunes a viernes en el horario comprendido entre 10:00 y 17:00 horas, y/o por correo electrónico a la siguiente dirección: concurso@jefatura.gob.ar.

ARTÍCULO 6°.- Fíjase como cronograma tentativo para el desarrollo del presente proceso de selección el detallado en las bases que forman parte de la presente medida, el que podrá ser modificado por la Coordinación Concursal, con excepción de las fechas que establezcan el período de inscripción conforme las atribuciones conferidas por el artículo 22 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ana Gabriela Castellani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/10/2023 N° 84274/23 v. 19/10/2023

Fecha de publicación 19/10/2023