Edición del
14 de Diciembre de 2023

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 1560/2023

RESOL-2023-1560-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2023

Visto el expediente EX-2023-49234817-APN-DGDA#MEC, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes 25.164 y 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1.759/72 T.O. 2017, los decretos 1421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021, 103 del 2 de marzo de 2022, 426 del 21 de julio de 2022 y 432 del 25 de julio de 2022, la decisión administrativa 4 del 9 de enero de 2023, la resolución conjunta 5 del 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESFC-2022-5-APN-SH#MEC), las resoluciones 98 del 28 de octubre de 2009 de la ex Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), 180 del 5 de abril de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-180-APN-MEC) y 75 del 29 de abril de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-75-APN-SGYEP#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio decreto 103 del 2 de marzo de 2022, se homologaron las Actas Acuerdo suscriptas el 26 de mayo de 2021 y el 26 de noviembre de 2021, respectivamente, entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).

Que, elaborada la propuesta, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 del 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC).

Que a través del artículo 1° de la resolución 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), se aprobó el Régimen Transitorio y Excepcional para la readecuación voluntaria de grados para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, que reviste en la planta permanente, el que será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2023, para las/los agentes que hayan sido seleccionados en un cargo del citado Convenio desde el 1° de diciembre de 2008 y que voluntariamente soliciten la readecuación de los grados que le fueran asignados como parte del proceso de selección, en el marco de lo dispuesto en la Cláusula Cuarta del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del citado Convenio Sectorial del 26 de noviembre de 2021.

Que mediante el artículo 2° de la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.

Que en el artículo 22 del anexo II a la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM) se establece que “al trabajador de Planta Permanente con estabilidad adquirida que se encuentre ejerciendo una Función Ejecutiva en el marco del SINEP, ya sea a través de una asignación transitoria de funciones o mediante el respectivo proceso de selección, se le deberá instrumentar mediante el acto administrativo correspondiente la reasignación del ejercicio de dicha Función Ejecutiva a la nueva situación escalafonaria que hubiera obtenido el agente producto de su postulación y posesión del cargo en el presente régimen”.

Que en el artículo 31 del anexo al decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se estableció que “...El personal que accediera a un nivel escalafonario superior de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior. A este efecto se considerará grado equivalente al resultante de: a) Acceso desde un nivel inmediato inferior: reconocer UN (1) grado del nivel superior, por cada grado alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende. b) Acceso desde dos niveles inferiores: reconocer UN (1) grado del nivel superior, por cada 1.33 grados alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende. c) En el supuesto que el personal viniera desarrollando tareas afines con el puesto o función correspondiente al nivel superior, será ubicado en el grado siguiente al grado que resultara de la aplicación del procedimiento establecido en los incisos a) o b) del presente artículo”.

Que en la redacción del artículo 128 del anexo al decreto 2098/2008, modificado por el decreto 103 del 2 de marzo de 2022, se estableció que “... Al trabajador que durante al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios previos a su inscripción en un proceso de selección se desempeñara como personal no permanente - ya sea como personal incorporado a Plantas Transitorias con designación a término, personal con designaciones transitorias vigentes, o personal contratado bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley 25.164 y sus normas reglamentarias -, se le asignará el grado escalafonario según los supuestos que se detallan a continuación: 1. Si se encontraba prestando servicios equivalentes equiparados al mismo nivel o inmediato inferior, como superiores equiparados a un nivel inmediato superior al del cargo concursado: UN (1) grado escalafonario por cada TREINTA y SEIS (36) meses de experiencia laboral en tareas análogas o equivalentes, con más la aplicación de lo resultante en el inciso c) del artículo 31 del presente si el órgano selector lo propone, de verificarse el supuesto respectivo. 2. Si se encontraba prestando servicios equivalentes equiparado a dos niveles inferiores al del cargo concursado: UN (1) grado escalafonario por cada CUARENTA Y OCHO (48) meses de experiencia laboral en tareas análogas o equivalentes, con más la aplicación de lo resultante en el inciso c) del artículo 31 del presente si el órgano selector lo propone, de verificarse el supuesto respectivo”.

Que mediante la resolución 180 del 5 de abril de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-180-APN-MEC) se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, y se designaron a los integrantes del Comité de Valoración y a la Secretaria Técnica Administrativa.

Que en el Acta Acuerdo del 1° de junio de 2022, homologada por el decreto 432 del 25 de julio de 2022, se estableció que “por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, el personal de planta permanente encasillado en el SINEP que revistara en el Nivel Escalafonario C del Agrupamiento General, que no reuniera el requisito de título de nivel de educación exigido de conformidad con el artículo 14 del referido sectorial, podrá postularse al Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito aprobado por la Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público 53/2022 mediante el sistema establecido en la cláusula tercera del decreto 103/22 al Nivel Escalafonario B del Agrupamiento General, siempre que la posesión del título del que se trate no sea exigida como habilitante por la normativa respectiva para cumplir la prestación laboral del cargo a ocupar”.

Que mediante la resolución conjunta 5 del 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESFC-2022-5-APN-SH#MEC) se incorporó el capítulo VI: “Ocupaciones comprendidas en el Agrupamiento Profesional o General para el personal que se desempeñe en puestos de la familia Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” al Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que mediante resolución 75 del 29 de abril de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (RESOL-2022-75-APN-SGYEP#JGM) se aprobó el “Régimen para la Asignación del Suplemento por Función Específica para las Ocupaciones Comprendidas en el Agrupamiento Profesional o General para el personal que se desempeñe en puestos de Tecnología de la Información y las Comunicaciones”, aplicable a las funciones específicas incorporadas al Nomenclador de Funciones Específicas por la resolución citada en el considerando precedente.

Que por el anexo IV de la resolución 98 del 28 de octubre de 2009 de la ex Secretaría de la Gestión Pública, se aprobó la asignación del pago del Suplemento por Capacitación Terciaria, de conformidad con el artículo 88 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios.

Que, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido mediante el Acta N° 207 del 13 de febrero de 2023 respecto de la asignación de los suplementos por Agrupamiento, Función Específica y Capacitación Terciaria en el marco del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público (cf., IF-2023-19785915-APN-COPIC).

Que, en dicho marco, el Ministerio de Economía promueve el desarrollo de carrera de sus agentes de planta permanente bajo los lineamientos de la ley 25.164, fortaleciendo la igualdad de oportunidades, potenciando la carrera administrativa y la mejora de las condiciones laborales en la repartición, todo lo cual es condición y sustento para la inclusión, formulación e implementación de políticas de fortalecimiento del empleo público, que sin duda redundan en la mejor gestión de esta jurisdicción.

Que por lo expuesto y en virtud de los antecedentes vinculados, procede la designación de las/los agentes que se detallan en el anexo I (IF-2023-104341398-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, en el puesto, agrupamiento, nivel, grado y tramo, que para cada caso allí se indican.

Que atento a la nueva situación escalafonaria que se propicia aprobar por esta resolución en el anexo I (IF-2023-104341398-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, corresponde reasignar el ejercicio de las funciones ejecutivas otorgadas a través de las resoluciones 116 del 16 de marzo de 2021 (RESOL-2021-116-APN-MEC) y 442 del 26 de julio de 2021 (RESOL-2021-442-APN-MEC), ambas del Ministerio de Economía, a la funcionara y al funcionario que se detallan en el anexo II (IF-2023-104341550-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, en los cargos que allí se consignan, pertenecientes al Ministerio de Economía.

Que las/los agentes que se detallan en el anexo III (IF-2023-104341789-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, tienen asignada una función específica de carácter informático en los términos de la resolución conjunta 99 del 28 de junio de 1993 de la ex Secretaria de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del ex Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, por lo que corresponde asignarles a las/los citados agentes, a partir de la fecha de posesión de la nueva situación escalafonaria que se detalla en el anexo I (IF-2023-104341398-APN-DGRRHH#MEC), el Suplemento por Función Específica correspondiente a su función informática con la alícuota establecida en el Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por la resolución 75/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (RESOL-2022-75-APN-SGYEP#JGM) e incorporado al citado nomenclador, a través de la resolución conjunta 5 del 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESFC-2022-5-APN-SH#MEC) (cf., CE-2023-89561629-APN-DCYRL#MEC y CE-2023-63436583-APN-DCYRL#MEC).

Que corresponde asignar, a partir del primer día del mes siguiente del dictado de esta resolución, a las/los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía que se detallan en el anexo IV (IF-2023-104341972-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, en sus niveles actuales, el Suplemento por Capacitación Terciaria establecido por el artículo 88 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, conforme allí se consigna.

Que la Dirección de Carrera y Relaciones Laborales dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía, informó la situación de las/los agentes, que se detallan en el anexo V (IF-2023-104342402-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, contemplando el grado que les correspondería asignar en caso de aplicarse el decreto 103/2022, diferenciando aquellos que previo a su designación revistaban en la Planta Permanente de los que reportaban una Designación Transitoria con Función Ejecutiva, y de aquellos agentes que realizaban tareas bajo la modalidad de empleo prevista en el artículo 9° del anexo a la ley 25.164, en los términos de los artículos 31 y 128 del anexo al decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, hasta la fecha de alta de servicio en la planta permanente (cf., IF-2023-89903191-APN-DCYRL#MEC).

Que a través de la resolución 891 del 29 de junio de 2023 del Ministerio de Economía (RESOL-2023-891-APN-MEC), se promovieron de grado a las/los agentes que se detallan en el anexo VI (IF-2023-104342171-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, y por aplicación del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), procede adecuar el grado en la nueva situación escalafonaria según consta en el citado anexo, donde se detallan las/los agentes y fecha de efectivización.

Que corresponde asignar, a partir del dictado de la presente medida, un (1) grado a las/los agentes que se encuentran detallados en el anexo VII (IF-2023-105965407-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, conforme el inciso c del artículo 31 de Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que en el anexo I (IF-2023-33339826-APN-DGRRHH#MEC) de la resolución 443 del 17 de abril de 2023 del Ministerio de Economía (RESOL-2023-443-APN-MEC), se consignó el tramo “general” a la agente Silvana Gabriela Alfonso (MI N° 30.183.997), y el tramo “intermedio” al agente Miguel Clemente Arrasco (MI N° 14.062.908), correspondiéndole el tramo “intermedio” a la agente Alfonso y el tramo “avanzado” al agente Arrasco (cf., RESOL-2023-41-APN-SLYA#MEC y RESOL-2023-54-APN-SLYA#MEC, respectivamente), por lo que resulta procedente rectificar los mencionados tramos en sus niveles actuales en el marco del artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 2017.

Que en el anexo I (IF-2022-106430713-APN-DGRRHH#MEC) de la resolución 717 del 17 de octubre de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-717-APN-MEC), se consignó el agrupamiento “profesional” a la agente Ana Beatriz Miorelli (MI N° 20.736.190) siendo que le corresponde el agrupamiento “general”, por lo que resulta procedente rectificar el mencionado agrupamiento en su nivel actual, en el marco del artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 2017.

Que los integrantes del Comité de Valoración han actuado en un todo de acuerdo con la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM).

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1.759/72 T.O. 2017, en el artículo 3° del decreto 355 del 22 de mayo de 2017, en la resolución 53/2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), y de conformidad con el artículo 2° del decreto 426 del 21 de julio de 2022.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnanse, a partir del dictado de esta medida, de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, aprobado en el artículo 2° de la resolución 53 del 22 de marzo de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), a las/los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía que se detallan en el anexo I (IF-2023-104341398-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida en el puesto, agrupamiento, nivel, tramo y grados adecuados, según corresponda, en los términos de los artículos 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, conforme allí se consignan.

ARTÍCULO 2°.- Reasígnanse, a partir de la fecha de posesión de la nueva situación escalafonaria que se detalla en el anexo I (IF-2023-104341398-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, aprobada en el artículo 1° de esta resolución, el ejercicio de las funciones ejecutivas otorgadas mediante las resoluciones 116 del 16 de marzo de 2021 (RESOL-2021-116-APN-MEC) y 442 del 26 de julio de 2021 (RESOL-2021-442-APN-MEC), ambas del Ministerio de Economía, a la funcionaria y el funcionario que se detallan en el anexo II (IF-2023-104341550-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, en los cargos que allí se consignan, pertenecientes al Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 3°.- Asígnase, a partir de la fecha de posesión de la nueva situación escalafonaria que se detalla en el anexo I (IF-2023-104341398-APN-DGRRHH#MEC), a los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía que se detallan en el anexo III (IF-2023-104341789-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, el Suplemento por Función Específica correspondiente a la función informática con la alícuota establecida en el Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público, incorporado por la resolución conjunta 5 del 23 de febrero de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESFC-2022-5-APN-SH#MEC). Dicho suplemento será percibido a partir del primer día del mes siguiente de la aprobación de esta resolución, conforme lo establecido en el artículo 8° del anexo I de la resolución 75 del 29 de abril de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2022-75-APN-SGYEP#JGM).

ARTÍCULO 4°.- Asígnase, a partir del primer día del mes siguiente del dictado de esta medida, a las/los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía que se detallan en el anexo IV (IF-2023-104341972-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, en sus niveles actuales, el Suplemento por Capacitación Terciaria establecido por el artículo 88 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, conforme allí se consigna.

ARTÍCULO 5°.- Adecúanse, a partir del dictado de esta resolución, los grados a las/los agentes que se detallan en el anexo V (IF-2023-104342402-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, en los términos de los artículos 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 6°.- Adecúanse, los grados a las/los agentes de la planta permanente del Ministerio de Economía que se detallan en el anexo VI (IF-2023-104342171-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, a partir de la fecha de efectivización allí indicada.

ARTÍCULO 7°.- Asígnase, a partir del dictado de esta resolución, un (1) grado a las/los agentes que se encuentran detallados en el anexo VII (IF-2023-105965407-APN-DGRRHH#MEC) que integra esta medida, conforme el inciso c del artículo 31 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 8°.- Rectifícase en el anexo I (IF-2023-33339826-APN-DGRRHH#MEC) de la resolución 443 del 17 de abril de 2023 del Ministerio de Economía (RESOL-2023-443-APN-MEC), el tramo “general” a la agente Silvana Gabriela Alfonso (MI N° 30.183.997) correspondiendo el tramo “intermedio”; y el tramo “intermedio” al agente Miguel Clemente Arrasco (MI N° 14.062.908) correspondiendo el tramo “avanzado”, desde el dictado de dicha resolución.

ARTÍCULO 9°.- Rectifícase en el anexo I (IF-2022-106430713-APN-DGRRHH#MEC) de la resolución 717 del 17 de octubre de 2022 del Ministerio de Economía (RESOL-2022-717-APN-MEC), el agrupamiento “profesional” a la agente Ana Beatriz Miorelli (MI N° 20.736.190) correspondiendo el agrupamiento “general”, desde el dictado de dicha resolución.

ARTÍCULO 10.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de Economía para el ejercicio 2023.

ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/10/2023 N° 83577/23 v. 19/10/2023

Fecha de publicación 19/10/2023